Del Latigazo cervical al «Cuponazo Cervical», o el cuento de la lechera.


El cuponazo cervical: he tenido un accidente y me ha tocado la lotería

En el sector asegurador, una de las causas de mayor desembolso, en lo relativo a daños personales, son las consecuencias de los llamados “latigazos cervicales” que muchas personas alegan padecer al más mínimo accidente, incluso con daños mínimos o inexistentes en los vehículos. En el sector se conoce con el sobrenombre irónico de «cuponazo cervical» porque ha habido casos en los que el afectado ha obtenido una invalidez permanente e incluso una pensión vitalicia y, en la mayoría de los casos, obtienen indemnizaciones que rondan una media de 6.000 €  (60 días impeditivos, 30 no impeditivos y 2 puntos de secuelas), cuando no han sufrido el más mínimo daño.

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¿Qué dice los expertos sobre el Traumatismo Cervical Leve?

Sin embargo este supuesto está cada vez más estudiado y hay verdaderos tratados sobre la materia.  El Quebec Task Force on Whiplash and Associated Dissorder y el Task Force on Neck Pain de la Organización Mundial de la Saklud (OMS 2000-2010) establece una clasificación, basada en la de Foreman y Croft y en la del llamado “Grupo de Trabajo de Québec Sur” que va del Grado 0 (no hay molestias ni signos físicos) hasta el IV, donde se considera como TRAUMATISMO CERVICAL LEVE (TCL) los grados I y II del mismo, que son los más frecuentes, implican dolor y rigidez en el cuello sin signos físicos o con leve disminución de la movilidad y dolor puntual, respectivamente. Se proponen por la OMS, entre otras, las siguientes recomendaciones:

  1. Deben resolverse en un máximo de 30 a 60 días, siendo aconsejable retomar las actividades habituales y aún mejor no abandonarlas (cuestionando la baja laboral o que la misma sea prolongada).
  2. La Resonancia Magnética no es útil en ausencia de lesiones estructurales.
  3. La fisioterapia convencional no ha demostrado su eficacia, siendo recomendables ejercicios a domicilio.
  4. La utilización temprana y frecuente de recursos asistenciales se asocia a un peor pronóstico.
  5. La lordosis fisiológica está presente en la mayoría de personas que no han sufrido un traumatismo cervical, por lo que no debe valorarse.
  6. Es necesario investigar la relación de causalidad biomecánica por los parámetros físicos del accidente.
  7. Evitar la valoración de secuelas con ánimo meramente transaccional, ya que en la mayoría de los casos son temporales (y por tanto no secuelas) y es mejor valorar tiempos medios de curación y, finalmente, que
  8. La agilización de los procedimientos indemnizatorios es beneficiosa para la salud de los lesionados, o dicho de otra forma, ANTES COBRAN, ANTES SE CURAN.

¿Sirve de algo el collarín?

Respecto al uso de órtesis tipo collarín, podemos encontrar multitud de estudios que abogan por minimizar e incluso retirar su uso (ya sea blando o rígido) excepto en los casos que sea realmente necesario, con el fin de evitar complicaciones como atrofias o miedo al movimiento durante el proceso de rehabilitación. Por el contrario aún son muchos lesionados acuden a la consulta del médico de la compañía –e incluso del forense- con el collarín  y sin querer hacen posturas involuntarias que les delatan; pero dichos médicos, avezados en reconocer también el fingimiento, detectan los intentos de fraude. La posibilidad de exageración de  del dolor cervical, por todos sabida (se trata de una lesión subjetiva), tras las colisiones por alcance, se ha estudiado en las reuniones y congresos médico-científicos y tratados por especialistas en Valoración del Daño corporal (entre otros, el protocolo de Barcelona del 2002), habiendo llegado al consenso de que hay que rebajar el tiempo considerado como “normal” en este tipo de lesiones y atender al concepto médico legal de «estabilización lesional» y no basarse en criterios médico-asistenciales. A este respecto decir que el Convenio suscrito entre centros asistenciales y aseguradoras establece que la facturación se efectúe cada catorce días, lo que comporta que las revisiones se hagan también por dichos periodos, alargándose así los tiempos de rehabilitación y creyendo erróneamente el propio perjudicado que esos periodos son «los que cuentan» para su valoración.

¿Qué criterios se utilizan para valorar si existe o no fraude?

Asimismo, las Compañías ya manejan criterios tales como el tiempo transcurrido entre al accidente y la primera visita a Urgencias, la cuantía y situación de los daños en los vehículos implicados y encargan estudios biomecánicos para confirmar o descartar la relación causa-efecto entre la colisión y la supuesta lesión. Cierto es que de dichos estudios hay para todos los gustos, desde los que comparan estos tipos de colisiones con las de los autos de choque (¿alguien conoce a algún accidentado en esta atracción que haya acudido a un centro hospitalario?) a los que, como M.R. Jouvencel, que en su estudio LATIGAZO CERVICAL Y COLISIONES A BAJA VELOCIDAD (Whiplash and low speed collisions), consideran que este tipo de lesiones son ahora más frecuentes por las mejoras en las medidas de seguridad de los vehículos, que disminuyen los daños en los vehículos pero no en sus ocupantes, que “absorben” toda la energía de la colisión.

Algunos abogados (e incluso empresas “especializadas”) que se dedican a los accidentes de tráfico y a defender a los lesionados  frentes a las aseguradoras y que prometen a través de webs, anuncios en la prensa, etc. obtener la “máxima indemnización” para sus clientes, aconsejan en muchas ocasiones exagerar la sintomatología, solicitar bajas laborales injustificadas, solicitar pruebas (RNM, TAC) en muchos casos innecesarias, acudir a centros médicos y de rehabilitación que alargan las sesiones según su propia conveniencia; preparan Informes periciales hechos “a medida”, etc. e  intentan, de forma extrajudicial, alcanzar acuerdos satisfactorios para sus clientes sin tener siquiera que pasar por un médico forense o acudir a la vía judicial, lo cual cada vez es más difícil. Se les está acabando el “chollo”, pues topan cada vez con más aseguradoras que ofertan únicamente 21 días no impeditivos en los casos de una lesión cervical leve, sin valorar ninguna secuela, por lo que tendrán que acudir a la vía judicial, no tan rentable y para la que necesitan conocimientos jurídicos.

El futuro Baremo, ¿qué dirá al respecto?

El proyecto de modificación del Baremo, previsto para este 2010 pero que parece no verá la luz, como mínimo, hasta el 2011, prevé, entro otras modificaciones, la introducción  de una nueva secuela: el traumatismo cervical leve, por el cual se entiende “la afectación de la columna cervical sin lesión ósea, discal, ligamentosa y/o neurológica objetivada, provocada por un mecanismo de aceleración/desaceleración”. Incluye los siguientes diagnósticos: esguince cervical, latigazo cervical, síndrome postraumático cervical, cervicalgia postraumática, distensión cervical, contractura cervical, cervicodorsalgia y similares. La acreditación de su existencia y valoración del daño resultante dependerá de los criterios médico-legales de causalidad, que lo relacionen con el accidente sufrido, y entre los que se encuentran:

1)   Criterio cronológico: aparición de la sintomatología en periodo médicamente explicable.

2)   Criterio cuantitativo de intensidad del traumatismo/compatibilidad biomecánica (intensidad suficiente, mecanismo de producción de la lesión adecuado).

3)   Criterio de exclusión de otras causas que justifiquen el cuadro clínico (antecedentes, cervicoartrosis, etc.).

Ello comportará que las limitaciones en la movilidad bajen su límite inferior a 1  punto y la secuela llamada “Síndrome postraumático cervical (cervicalgia, mareos, vértigos y cefaleas) mantenga su puntuación mínima (1), pero baje el límite superior de 8 a 5 puntos.

Conclusión

Bien, mi opinión es que ni lo uno, ni lo otro, está claro que esa lesión existe, está recogida por médicos y las secuelas en ocasiones son molestas e incluso crónicas, obviamente el latigazo cervical no es lo más grave que nos puede ocurrir en un accidente de tráfico, pero si puede ocasionar muchas molestias y deben valorarse en su justa medida.

Mi  consejo, ante esta situación, es ser «legal» con uno mismo y en definitiva con la sociedad; es decir, si realmente nos duele, tenemos secuelas y el tema va para largo, acudamos a un abogado especialista en responsabilidad civil y saquemos la máxima indemnización posible, es nuestro derecho, conforme a la ley vigente y a la ética profesional, pero sin engaños y exageraciones porque si no, pagan justos por pecadores. Si el tema no es grave, no exageremos, no engañemos a los médicos ni a las aseguradoras ni a los jueces, una vez recuperados exijamos una indemnización proporcional a nuestra lesión, pero sin pretender lucrarnos con el accidente, porque al final acabamos pagando todos, ya que no hay que olvidar que uno de los criterios utilizados para el cálculo de las primas de seguros son las indemnizaciones que deben pagar cada año las aseguradoras. Y sobre todo, no dejemos que un mal asesoramiento convierta la futura indemnización en el cuento de la lechera:

Oh loca fantasía!
¡Qué palacios fabricas en el viento!
Modera tu alegría,
no sea que saltando de contento,
al contemplar dichosa tu mudanza,
quiebre su cantarillo la esperanza.

No seas ambiciosa
de mejor o más próspera fortuna,
que vivirás ansiosa
sin que pueda saciarte cosa alguna.
No anheles impaciente el bien futuro;
mira que ni el presente está seguro.

Saludos

Miquel Torres

Abogado especialista en Responsabilidad Civil y Tráfico

46 comentarios en “Del Latigazo cervical al «Cuponazo Cervical», o el cuento de la lechera.

  1. Estimado Sr. Torres:
    Le adjunto el artículo íntegro de la TASK force sobre dolor de cuello, relativo a tratamientos, para remarcarle que saca Ud. unas conclusiones equivocadas.
    Cuando dice que la OMS recomienda no tratar urgentemente, cuando dice que la fisioterapia no se demuestra eficaz, etc, etc. Es justo lo contrario, la OMS recomienda ofrecer tratamiento urgente con medidas no invasivas a los grados 1 y 2.
    Desconozco sus motivaciones, ni las juzgo, pero sí debo decirle que está equivocado y que debería modificar su página web en honor a la verdad.
    Un saludo
    Angel.

    Spine (Phila Pa 1976). 2008 Feb 15;33(4 Suppl):S199-213.

    Clinical practice implications of the Bone and Joint Decade 2000-2010 Task Force on Neck Pain and Its Associated Disorders: from concepts and findings to recommendations.
    Guzman J, Haldeman S, Carroll LJ, Carragee EJ, Hurwitz EL, Peloso P, Nordin M, Cassidy JD, Holm LW, Côté P, van der Velde G, Hogg-Johnson S; Bone and Joint Decade 2000-2010 Task Force on Neck Pain and Its Associated Disorders.

    Department of Medicine, University of British Columbia, Canada. jaime@ohsah.bc.ca

    Republished in:

    J Manipulative Physiol Ther. 2009 Feb;32(2 Suppl):S227-43.

    Abstract
    STUDY DESIGN: Best evidence synthesis.

    OBJECTIVE: To provide evidence-based guidance to primary care clinicians about how to best assess and treat patients with neck pain.

    SUMMARY OF BACKGROUND DATA: There is a need to translate the results of clinical and epidemiologic studies into meaningful and practical information for clinicians.

    METHODS: Based on best evidence syntheses of published studies on the risk, prognosis, assessment, and management of people with neck pain and its associated disorders, plus additional research projects and focused literature reviews reported in this supplement, the 12-member multidisciplinary Scientific Secretariat of the Neck Pain Task Force followed a 4-step approach to develop practical guidance for clinicians.

    RESULTS: The Neck Pain Task Force recommends that people seeking care for neck pain should be triaged into 4 groups: Grade I neck pain with no signs of major pathology and no or little interference with daily activities; Grade II neck pain with no signs of major pathology, but interference with daily activities; Grade III neck pain with neurologic signs of nerve compression; Grade IV neck pain with signs of major pathology. In the emergency room after blunt trauma to the neck, triage should be based on the NEXUS criteria or the Canadian C-spine rule. Those with a high risk of fracture should be further investigated with plain radiographs and/or CT-scan. In ambulatory primary care, triage should be based on history and physical examination alone, including screening for red flags and neurologic examination for signs of radiculopathy. Exercises and mobilization have been shown to provide some degree of short-term relief of Grade I or Grade II neck pain after a motor vehicle collision. Exercises, mobilization, manipulation, analgesics, acupuncture, and low-level laser have been shown to provide some degree of short-term relief of Grade I or Grade II neck pain without trauma. Those with confirmed Grade III and severe persistent radicular symptoms might benefit from corticosteroid injections or surgery. Those with confirmed Grade IV neck pain require management specific to the diagnosed pathology.

    CONCLUSION: The best available evidence suggests initial assessment for neck pain should focus on triage into 4 grades, and those with common neck pain (Grade I and Grade II) might be offered the listed noninvasive treatments if short-term relief is desired.

    1. Buens tardes Ángel:

      Te agradezco tu comentario, aunque sea para discrepar de mi post.
      En primer lugar, decirte que no tengo ningún oscuro interés en este tema, más allá de mostrar una realidad de hoy en día y la necesidad de actualizar los protocolos asistenciales y periciales en estas patologías, tal y como lo está haciendo ya, por ejemplo, el Instituto de Medicina Forense de Baleares.
      En segundo lugar, la verdad nunca es absoluta y no suele haber más que una, todo depende, a veces, del ángulo desde donde se mira. En mi post puedes leer que también hago referencia a estudios y estudiosos del tema que, como Jouvencel, muestran teorías favorables a la posibilidad de la existencia de lesiones cervicales en colisiones a baja intensidad.
      En el enlace que anexo a continuación podrás leer en un libro coordinado por Javier Alonso Santos del Instituto de Prevención, Salud y Medio Ambiente de la Fundación Mapfre, Editorial Díaz de Santos, titulado «Criteros de Valoración del daño corporal» en el Capítulo 16 titulado CONSIDERACIÓN ACTUAL DEL LATIGAZO CERVICAL escrito por Carlos Represas Vázquez, Doctor en Medicina y Cirugía Ciencias Forenses y Profesor en la Universidad de Santiago de Compostela, las recomendaciones de la OMS a las que hago referencia.
      Podrás comporobar, que entre otras recomendaciones, están las de retomar las actividades diarias lo antes posible, no habiéndose demostrado la utilidad de medicación (AINES, miorrelajantes) y que no está demostrado el beneficio del tratamiento de fisioterapia convencional.

      Saludos cordiales
      Miquel Torres

  2. Buenos días

    Hace un tiempo que sigo su blog, resulta que yo trabajo en una empresa especializada en accidentes de trafico, y no todos somos iguales, jamas he utilizado los métodos de los que usted habla. Leyendo solo por encima me llama mentirosa y estafadora, y juego con la salud de mis clientes por dinero. Así que voy a dejar de leer su blog, y lo siento, me gusta como escribe.

    1. Buenas tardes:

      Lamento su decisión de dejar de leer este blog. Lamento también que haya interpretado de la lectura de este post que trato a todos los que trabajan en el ámbito de la reclamación de lesiones en accidentes de tráfico como estafadores ni mentirosos. Nada más lejos de mis intenciones. Sólo he tratado de reflejar una realidad, y es la de aquellos lesionados que, inducidos algunas veces al error por algunos profesionales, creen que por el simple hecho de haber tenido un accidente con lesiones, en este caso concreto un latigazo cervical, van a obtener una indemnización cuantiosa. La realidad es variada y la casuística también. Estoy convencido de que vd. es una buena profesional, como los hay muchos. Yo también soy especialista en la materia y no juego con los intereses de mis clientes por dinero, pero también sé distinguir, por mi experiencia, cuando un lesionado está exagerando sus lesiones o dice la verdad. Y, sobre todo, desde la honestidad y la profesionalidad, intento que no se hagan castillos en el aire.
      Disculpe si se ha sentido ofendida y le agradezco que haya seguido este blog.

      Saludos

      Miquel Torres

    1. Hola de nuevo.

      Respecto de la publicidad, nada tengo que ver con la misma. Es un tema de google e imagino que relaciona los temas y ponen sus anuncios en las páginas que tratan de temas relacionados con los denunciantes.
      Saludos cordiales

      Miquel Torres

  3. Buenas tardes Miquel, me parece nuy interesante el tena ya que tengo un gabinete pericial junto con un compañero y uno de los servicios más importantes que estamos prestando actualmente a nuestros clientes (compañías aseguradoras) es la realización de un informe biomecánico para comprobar la existencia o inexistencia de nexo causal entre daños materiales y lesiones personales.
    En relación a esto mi opinión es que existe una bolsa de fraude enorme, si bien mucha culpa la tienen las propias aseguradoras que durante nucho tiempo han asumido las reclamaciones sin más, limitándose a acuerdos extrajudiciales.
    En cuanto al libro de Jouvencel, hay cosas interesantes a la vez que elementos con los que discrepo, ya que la física tradicional que todos conocemos contradice el hecho de que puedan existir lesiones sin daños materiales. En relación a esto ya me preguntó un juez en una ocasión, y le contesté que sólo es posible que existan lesiones sin daños materiales en un vehículo si éste es muy muy antiguo, ya que los vehículos no se fabricanban hace 40 años con intención de absorber energía. Actualmente en una colisión la energía cinética se transforma en energía de deformación y si esta energía no ha sido suficicnete para ocaisonar una defromación, tampoco ha sido suficiente para ocasionar el movimiento dxe los ocupantes, y por tanto no existiría nexo de causalidad.

    1. Hola Santiago:
      Comparto contigo que no pueden existir lesiones sin daños materiales en los vehículos que se fabrican hoy en día, ya que las carrocerías, especialmente los parachoques, están pensados para romperse o deformarse y absorver toda la energía posible, que no se transmite al interior del habitáculo y, por tanto, a sus ocupantes. Los reposacabezas también han mejorado, con lo que se reducen las lesiones cervicales. Es importante en estos casos la labor que realizar como ingenieros, ya que un informe biomecánico es una prueba imprescindible para romper el nexo de causalidad en las colisones de baja intensidad. Tal vez no se entienda por muchos pero es cierto que hay mucho fraude y que las aseguradoras están intentando poner remedio, pagando también, es cierto, las épocas de excesos indemnizatorios que han fomentado la creencia de que, si sufres una colisión por alcance vas a percibir una indemnización con independencia de la intensidad del golpe y de las lesiones que realmente tengas.
      Saludos

      Miquel Torres

      1. Buenos días Miquel,

        ante todo te agradezco tus comentarios pero aprovechando que esres abogado y que conoces perfectamente el tema, me gustaría que me orientases sobre la defensa de nuestro informe en el juzgado.

        En los juicios a los que he asistido, ha habido un poco de todo, pero la tónica general es que si hay un informe forense, el juez muchas veces sólo hace caso de dicho informe, aun cuando el forense desconoce totalmente la mecánica del siniestro y la posible inexistencia, incluso, de movimiento de los ocupantes del vehículo alcanzado. Me gustaría que me orientases sobre la forma en que tú como letrado defenderías un tema en el que yo argumentara mediante mi informe técnico que no existe un incremento de velocidad lesivo en el vehículo alcanzado. ¿Qué preguntas me harías a mí?. ¿Qué preguntas le harías al forense?

        Ahora mismo nos estamos encontrando con un problema importante en la defensa de nuestro informe, y es que luchamos contra una conclusión predeterminada por parte de jueces y forenses, y es que en cualquier colisión entre vehículos pueden existir lesiones, aún sin daños materiales.

        Mi reflexión personal a la vista de mi, aún corta, experiencia, es que las aseguradoras han permitido y asumido durante mucho tiempo el pago de indemnizaciones de lesiones sin entrar a analizar los daños materiales y este hecho ha ocasionado que se produzcan sentencias aberrantes desde el punto de vista técnico, tal como una sentencia de la audiencia provincial de Sevilla, en la que se argumentaba que podían existir lesiones cervicales como consecuencia de un simple frenazo.

        Espero tus interesantes comentarios.

        Un saludo

        Santiago

      2. Hola Santiago:
        Efectivamente, frecuentemente nos encontramos los abogados que defendemos estos temas con los mismos problemas: jueces que acatan un informe forense como si fuera una prueba indestructible por más que haya evidencias que los contradigan. Los forenses no conocen en la mayoría de los casos ni la mecánica ni mucho menos la intensidad de la colisión y si les preguntas a menudo te responden que ellos no son ingenieros y que no pueden opinar sobre biomecánica. Por eso vuestro trabajo e stan importante. Vosotros sí, como peritos, podéis determinar el incremento de velocidad (delta V) a que se ha visto sometido un vehículo e incluso sus ocupantes. En los vehículos antiguos, donde los parachoques eran muy resistentes, no se deformaban y toda la energía era absorvida por los ocupantes, sí que tenía sentiudo la aifrmación de que en cualquier colsión podían existir lesiones aún sin daños materiales, pero en los coches fabricados actualmente sabes que esto no es así, porque la energía del impacto se absorve por la carrocería y ello comporta deformaciones y/o roturas de parachoques, si es de suficiente entidad (los parachoques europeos están homologados para aguantar colisiones de hasta 5 kms/h sin romperse). Por tanto, te diría que, si nno hay daños no pueden haber lesiones, sobre todo cervicales porque, según diversos estudios ( si te interesa ya te los refiero), la energía necesaria para que éstas se produzcan sería de 2,6 G (siendo g la fuerza de la gravedad). En una frenada, según tengo entendido, el valor máximo sería de 1,2 g, menos de la mitad.
        Por mi experiencia te diría que es conveniente, si se trata de discutir el nexo causal en colisiones de baja intensidad, acudir con un perito médico que valore la relación de causalidad desde el puntio de vista médico y otro perito biomecánico que valore las aceleraciones, etc. y que se apoyen el uno en el otro pero sin «pisarse» en sus conocimientos.
        La reflexión que haces al final es cierta. Durante mucho tiempo se ha pagado sin tener en cuenta los daños materiales y ahora todo esto se está analizando mucho más y se discute el nexo causal pero aún no hay una conciencia clara de ello y lo fácil es acogerse a lo conocido: hay unos informes médicos, unas sesiones de rehabilitación e incluso un forense y cómo los vamos aponer en duda! El error de base es que no se discute el estado físico de la persona sino su relación causa-efecto con el accidente.
        Saludos y ánimos.
        Miquel Torres

  4. Hola de nuevo Miquel,

    ante todo muchas gracias por tus comentarios. Desde la última vez que te escribí ha sucedido algo interesante para los intereses de mi gabinete, y es que hemos obtenido la primera sentencia favorable, aún existiendo un informe forense que daba 182 días impeditivos. La jueza ha desestimado la demanda. La reclamación eran unos 10.000 € más intereses legales.

    Hasta ahora hemos aistido a unos 8 juicios de este tipo pero sólo conocemos tres sentencias. En la primera se rebajó considerablemente la solicitud de indemnización reclamada, en la segunda el juez admitió la demanda, y esta tercera de la que te he hablado en la que la jueza nos ha dado la razón.

    En nuestro informe aportamos los datos que tú comentas en relación a la aceleración lesiva y a la resistencia de los paragolpes, ya que hemos elaborado un informe bastante completo, si bien nuestro objetivo es ir mejorándolo día a día.

    En cuanto a lo que comentas sobre el perito médico, estoy totalmente de acuerdo contigo, e incluso lo hemos planteado a las aseguradoras con las que trabajamos. El tema biomecánico en los accidentes de tráfico debería ser un trabajo realizado por ingenieros y médicos, es decir un trabajo en equipo.

    He de decirte que sólo una de las aseguradoras con las que trabajamos nos pide que realicemos nuestro informe para que sea el perito médico, a la vista de los resultados de nuestro informe, quien determine si puede existir lesión cervical.

    Está claro que nuestro informe no trata de contradecir lo que dice el informe forense, ya que nosotros no somos médicos, sino determinar si las lesiones son consecuencia del accidente.

    Un saludo

  5. Estimado Miquel Torres, tras leer tu blog me doy cuenta de que eres una persona brillante e inteligente. Pero lamento que hayas puesto estas cualidades al servicio de las aseguradoras y te hayas unido a la campaña publicitaria de la «criminalización de la sociedad española y de las víctimas de accidentes de tráfico»; o al servicio del «todo es fraude».

    -Soy abogado especializado en tráfico y seguros, y mi experiencia es precisamente la contraria.

    -Anteriormente fui empleado (inspector y técnico comercial) de una de las mayores aseguradoras españolas (durante 7 años) y podría decirte que participé y fui complice con mi silencio (pues tenía que conservar mi trabajo) de múltiples estafas y abusos cometidos por la aseguradora frente a las víctimas y a sus propios asegurados. En ocasiones también convencía con argumentos técnicos a los asegurados de que la actuación de la aseguradora era correcta (es decir, les mentía para que no se marcharan de la compañía). No estoy orgulloso de ello.

    Lo cierto es que con mi actual profesión (abogado) he podido comprobar que muchas de las personas que reciben indemnización por latigazo cervical, se tienen que gastar posteriormente el dinero de la indemnización en pruebas diagnósticas y en buscar los tratamientos médicos adecuados (aquellos que las aseguradoras les niegan). También existen múltiples informes de las fiscalías de distintas provincias españolas que, tras hacer un seguimiento de las víctimas de accidentes que han sido indemnizadas, detectan que se han conformado con indemnizaciones inferiores a las que legalmente les correspondían debido a la presión de las aseguradoras.

    M.R. Jouvencel reflaja con asombrosa fidelidad las estrategias de las aseguradoras en su lucha por ocultar la verdad y maximizar sus beneficios. En mi popinión nunca verá la luz un sistema que permita detectar de forma objetiva la existencia y consecuencias del latigazo cervical, porque el día que se descubra dicho método las aseguradoras se verán obligadas a pagar lo que actualmente no están pagando, que es mucho más que lo que pagan por aisladas conductas fraudulentas.

    Saludos

    1. Hola Jesús.

      Te agradezco tus elogios y comentarios, así como tus críticas.Debo decirte que no estoy «al servicio de las aseguradoras», ya que trabajo tanto para éstas como para clientes particulares, perjudicados por accidentes de tráfico. Lo que sí que estoy es al servicio de la verdad, ética y buen hacer profesional, y en contra del fraude venga de parte de quien venga. Lamento que tu experiencia en el ámbito asegurador fuese tan traumática y particpases, ni que fuera pasivamente, en estas conductas que defines como fraudulentas y espero que tu experiencia como abogado sea más satisfactoria.
      Dicho esto, y respecto de las víctimas de accidentes por latigazo cervical, evidentemente habrá de todo y es probable que ahora estén pagando justos por pecadores pero también es cierto que durante muchos años ha habido muchos más que se han estado lucrando sin tener ningún tipo de lesión ni secuela. Es cierto que es difícil objetivar este tipo de lesiones, pero sí hay formas de determinar si existe o no relación de causalidad entre el accidente y sus consecuencias lesivas, y para ello están los médicos forenses y especialistas en valoración del daño corporal y los ingenieros que pueden calcular, en base a datos objetivos, si es o no posible que se produzca un latigazo de sufiente entidad como para producir la lesión.
      Respecto de los informes de las fiscalías, sería interesante saber si también hacen seguimiento de los que han recibido una indemnización mucho mayor de la que les corespondía y cómo han acabado dichas investigaciones.
      Espero y confío en que llegue un día en que los que realmente han sufrido lesiones de este tipo sean debidamente indemnizados (creo que lo siguen siendo) y los que tratan de enriquecerse rápidamente tratando de engañar no se lucren (al final pagamos todos) a costa de aquéllos.

      Saludos

      Miquel Torres

  6. Hola Miquel,
    soy Gonzalo, ingeniero industrial y trabajo como perito de reconstrucciones de Accidentes tráfico desde hace muy poco tiempo, por ello me encuentro en fase de estudio para la correcta realizacion de informes los cuales permitan aclarar en los juicios a los que muy proximamente me someteré la existencia de nexos causales entre daños fisicos de vehiculos y personales.
    Por ello , tras leer detenidamento este post, te rogaría me remitieras informacion de las diversas fuentes en las que te has basado para sacar tus conclusiones y asi poder organizarme para la correcta realizacion de expedientes y convertirme en un verdadero profesional de la materia,o por lo menos intentarlo.

    Espero con entusiasmo tu respuesta.

    Recibe un cordial saludo.

    Gonzalo.

    1. Hola Gonzalo:
      Te deseo lo mejor en tu trabajo como perito reconstructor. Respecto de las fuentes, aparte de mi propia experiencia como abogado y de las que menciono en el post, te puedo recomendar las siguientes: «Manual de Recosntrucción de accidentes de tráfico», del centro de Experimentación y Seguridad Vial Mapfre.Cesimao, S.A:, «Introducción al estudio de la dinámica del automóvil»,Juan José Alba López.Universidad de Zaragoza.Grupo de Seguridad vial y Accidentes de Tráfico, 2001; y del mismo autor «Accidentes de Tráfico: introducción al análisis de deformaciones, manual básico de investigación y reconstrucción» e «inspección del vehículo», del 2003 .Es muy interesante la aportación del CENTRO ZARAGOZA, INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN SOBRE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS, S.A., que hizo un estudio llamado «LUCHA CONTRA EL FRAUDE EN SEGUROS. Herramientas eficaces contra la simulación».ICEA, 23 de octubre de 2009.También te recomiendo, como lectura obligada, aunque sostiene tesis contrarias, «Latigazo cervical y colisones a baja velocidad» de Miguel Rodríguez Jouvencel, Ed.Díaz de Santos, S.A. de 2003.
      Espero haberte servido de ayuda.
      Saludos

      Miquel Torres

  7. Buenas noches Miquel,

    aunque hacía tiemo que no entraba en el blog, ahora tengo un ratito y me gustaría volver a comentar algunos aspectos de este tema.

    En primer lugar quiero comentarte que me estoy haciendo muy asiduo en los juzgados defendiendo nuestro informe biomecánico y a pesar de mi, aún corta experiencia, me estoy dando cuenta de que nos encontramos ante un tema muy complicado, sobre todo, porque el sistema judicial es muy reacio a entrar en el análisis del problema, y me explico.

    Los forenses no quieren en muchos casos «mojarse», es decir analizar las causas y circunstacias del siniestro para evaluar con más objetividad las posibles lesiones. Igualmente se «atreven» a afirmar en muchos casos que se pueden producir lesiones sin deformaciones en los vehículos, pero jamás lo han justificado técnicamente (porque no hay dicha justificación), a ellos les basta con afirmarlo delante del juez ya que son funcionarios y «supuestamente» objetivos.

    Pero analicemos la objetividad del forense:
    En la gran mayoría de los casos, el forense examina a los lesionados varios meses después del siniestro, cuando supuestamente y según los informes médicos de la clínica u hospital donde han sido asistidos ya les habían dado el alta definitiva, por lo que el forense sólo puede analizar los partes médicos que aportan los supuestos lesionados. ¿Hasta qué punto es objetivo un informe médico realizado en un clínica privada que asiste a un «cliente» que refiere dolor, es decir que presenta lesiones sintomáticas y que determina a la vista de las manifestaciones del paciente una rehabilitación o una medicación determinada?. Que nadie me malinterprete con esta pregunta (sobre todo los médicos) porque no critico la labor de los médicos sino la subjetividad del dolor. Desgraciadamente es muy fácil simular dolor cervical para que el médico diagnostique una medicación y posteriormente el forense determine el tiempo de curación y las posibles secuelas. En este sentido invito a todo el que quiera a leer la sentencia de la audiencia provincial de Cádiz nº3/2012 del 13 de enero de 2.012, donde queda evidenciado que ni los médicos ni los forenses advierten la reiteración de lesiones en los mismos pacientes como consecuencia de distintos siniestros continuados y muy cercanos en el tiempo.

    En cuanto a los jueces, la mayoría no se «moja» en vía penal y lo declina a la vía civil absolviendo al demandado y ejecutando el título, cuando la mayoría de las veces ni siquiera procedería dictar el título ya que la inexistencia del nexo causal es evidente y además justificada técnicamente.

    Nuestra labor consiste en intentar hacer ver al juez que, además de que se puede demostrar ténica y cientificamente la inexistencia del nexo causal, se trata de aplicar el sentido común ya que no hace falta ser médico ni ingeniero para saber que si no existe movimiento, o mejor dicho, desplazamiento de los ocupantes dentro un vehículo, no pueden haberse producido lesiones.

    En fin, Miquel, creo que tenemos por delante un camino largo que recorrer, pero creo que la perseverancia y la experiencia nos permitirá demostrar y convencer a muchos incrédulos. Hay en juego, no sólo grandes cantidades de dinero, sino un cambio de tendencia hacia la justicia que supone no quedar impune cuando alguien intenta defraudar a una aseguradora. Desgraciadamente ahora mismo y en la situación económica en la que nos encontramos esta práctica está extendiéndose cada vez más.

    Para terminar, me gustaría que me dieras algún consejo práctico para intentar convencer a los jueces a pesar de que exista un informe forense. Me consta que estás en esta lucha desde hace bastante tiempo, por lo que abogo a tu experiencia.

    Un saludo desde Sevilla.

  8. Buenas noches.
    No me dedico a la abogacía, ni a la medicina ni tengo ninguna experiencia en colisiones, salvo la sufrida en propias carnes.
    Hace tres meses, un «Mercedes clase A» colisionó por detras con nuestro «Peugeot 407». La circulación se paró y aunque mi marido tuvo tiempo de poner los cuatro intermitentes, la chica se despistó y frenó con nuestro vehículo. El «Mercedes», se abolló bastante, mientras nuestro «407» no tenía nada a simple vista aunque puedo garantizar que hubo desplazamiento de los ocupantes, de hecho, el móvil que estaba a punto de contestar, salió volando literalmente. Me pregunté durante días, ¿cómo es posible que el coche no tenga apenas nada, con lo mal que yo me encuentro? Hasta que caí en la cuenta, de que en nuestro coche, llevábamos instalada la bola del remolque de quita y pon, con lo que el parachoques, tiene una barra de hierro alrrededor. donde se engancha la bola.
    Ahora viene el tema de las lesiones. Mi marido, sufrió un leve esguince cervical (vio venir el golpe y se tensó agarrandose al volante), y en apenas un mes, ya estaba dado de alta. Yo, que iba relajada mirando el móvil, llevo tres meses de absoluto calvario, no solo se trata de dolores, cansancio, contracturas, los médicos se están planteando que una «consecuencia» del dichoso latigazo, sea una fibromialgia que antes no había dado ningún síntoma. Además, desde el día del accidente, sufro de «Dioplia» (visión doble) en el único ojo por el que veo. Soy autónoma con lo que mi trabajo, mi vida diaria, mis relaciones personales, mi esparcimiento, el cuidado de mi familia, algo tan simple como hacer comidas sanas y nutritivas, o salir a dar un paseo con mi hija, todo eso y más, ha sido afectado de forma muy severa (llevo la mayor parte de estos tres meses en cama).
    ¿Qué si quiero una indemnización por todo eso? Lo que quiero es recuperar mi salud, mi vista, mi vida y todo el tiempo perdido y que seguiré perdiendo con pruebes y visitas médicas.
    Entiendo que en este mundo habrá de todo y que, como se suele decir «el hambre agudiza el ingenio», pero, solo hablando desde mi experiencia, el latigazo cervical, puede ser algo muy serio que te puede cambiar la vida y no para bien precisamente. Personalmente, me cambiaría por cualquier persona «sana» sin pensarmelo y que ese otro cobrara por mi.
    Con todos mis respetos para los expertos.
    Àngels.

  9. me alegro de haber encontrado este post,por que veo mucha realidad,mi mujer tubo un accidente por detras,y el principio fue latigazo cervical,despues de 4 meses de rehabilitaciónle mandaron hacer una rnm,y descubrieron que tenia en c4-c5 protusion de los discos,con un edema en el cordon medular,y ahora esta en la lista de espera,que vaya lista,llevamos un año,y todavia sigue igual,bueno al principio la aseguradora que naa,un latigazo cervical,,pero visto lo que hay,ya ni se ponen en contacto con nosotros,la dejaron tirada después de la rahabilitacion,para que veas que las aseguradoras no se hacen cargo de nada,por mucho que ponga hospitalizacion hasta 30000e,jaa me rioo,y hace poco nos llama la forense,y al ver el historial,y el pre operatorio,le dijo,y todavias sigues asi,sin operar,mi mujer ya se hecho a llorar,por que lo que lleva dentro,,es demasiado,
    bueno no me quiero enrollar mas ,y darte la razon que,pagamos justos por pecadores,pero que lo que tienen que ver,son los que van con la verdad por delante,que no es muy bonito,estar un año jodido sin poder hacer nada,no poder trabajar,y ver que te acaba el paro que habias ganado con tu sudor,y que te lo has comido asi de esta forma,y tener que pedir una ayuda para poder seguir el dia a dia,,es injusto todo,y mas que te dejen tirado,
    bueno lo siento por lo que halla dicho,por mi falta ortografica,y por si e molestado a alguien,un saludo a todos

  10. Mi caso es el siguiente, en el 2009 en una caravana, con retencion, de acceso a una autovia cuando el vehiculo delantero arranco, entonces sali en primera, el vehiculo delantero freno, sin mas, y les alcance, reclaman 12.000 € los daños del vehiculo cero.
    La jueza me dio la razón.
    Ahora he reclaman, 2012, presentan el estudio que comentais de Miguel Rodríguez Jouvence, lo he leido, en especial el tema de la velocidad 8 km/h, y tambien el dato de la homologación de los paragolpes hasta 5 km/h, ¿esto indicaria que si no se daña, no se alcanzo esa velocidad? y por tanto no habrá latigazo cervical.
    Otra cuestión, partiendo de cero, cuanto espacio necesita un coche para llegar a los 8 km/h.
    Ya que creo que en este caso la cuestión es la aceleración, y el espacio necesario, para llegar a esta velocidad.
    Un saludo

  11. Estimado Miguel

    Leyendo su blog al que he accedido casualmente vía twitter me veo obligada a escribirle, aunque ya ha pasado tiempo de su publicación.

    En primer lugar quería hablar sobre la fisioterapia.

    No estoy para nada deacuerdo en que la fisioterapia no esté recomendada en casos de latigazo cervical, menos mal que ha dicho convencional…. si hablamos de electroterapia entonces sí que estoy de acuerdo.

    He visto el enlace que aporta en las respuestas y le voy aportar algunos que demuestran lo contrario, como ya ha hecho alguien más arriba.

    Gracias a dios en otros países se desarrolla investigación en fisioterapia, y existe una señora, Gwendolen Jull que algo ha estudiado al respecto:

    http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed?term=%28whiplash%29%20AND%20Jull%2C%20Gwendolen%5BAuthor%5D

    También puede leer su libro:

    http://books.google.es/books?id=PKLjm27MtyQC&printsec=frontcover&dq=latigazo+cervical+gwendolen+Jull&source=bl&ots=EypvdjuWBh&sig=sxKSzRd4sfhRw8j6SCQMqdAGQRI&hl=en#v=onepage&q=latigazo%20cervical%20gwendolen%20Jull&f=false

    En resumidas cuentas los estudios demuestran que el abordaje temprano con ejercicios específicos, controlados mediante feedback por un fisioterapeuta es lo que mayor eficacia tiene en todos los casos de latigazo cervical, excepto en aquellos muy graves, que comienzan con niveles de dolor y discapacidad muy elevados, que son los menos.

    Entiendo que usted se guíe por publicaciones españolas llevadas a cabo por médicos españoles, que mucho saben de medicina, pero de fisioterapia no tienen ni idea. Tampoco en españa se recomienda la manipulación lumbar en lumbalgia aguda cuando en todas las guías europeas aparece, en las nuestras simplemente se borran.

    Afortunadamente las cosas están cambiando, cada vez somos más fisioterapeutas con base científica defendiendo nuestras actuaciones y dándolas a conocer.

    En segundo lugar quería hablar sobre los estudios biomecánicos que menciona. Entiendo que se hagan porque alguna guía tienen que tener, pero como mucho van a obtener una tabla de fuerzas físicas aplicadas a personas con un peso y estatura x.

    No es lo mismo el cuello de Fernando Alonso, que el de una persona de su misma estatura y peso que no haya hecho ejercicio en su vida.

    Tampoco se tienen en cuenta los antecedentes personales de cada persona, su historia de dolor, su historia personal, si tenía depresión. Lesión no es igual a dolor, en absoluto, y cada persona reacciona de manera diferente a un estímulo diferente.

    Sin más me despido agradeciendo de antemano la oportunidad de expresarme.

    Un saludo

  12. Buenas noches a todos, ante todo feliz año nuevo y un saludo al creador de este blog.

    Vuelvo a intervenir en este blog después de un largo periodo, concretamente intervine por última vez el 5 de febrero del, ya, año pasado. Pués bien, mi experiencia en este tema se ha visto incrementada de forma muy importante, lo cual me ha permitido aprender mucho y comprobar en primera persona que este tipo de fraudes está a la orden del día, debido en gran medida a las facilidades judiciales que existen para realizar este tipo de reclamaciones y a la impunidad de la que disponen la gran mayoría de los «profesionales» que intentan cometer estos fraudes. Vaya por delante, que desde mi punto de vista, los que mayormente han permitido llegar a esta situación han sido las propias aseguradoras, que durante mucho tiempo indemnizaban lesiones por el simple hecho de la existencia de un siniestro y de una reclamación de lesiones, sin entrar a analizar para nada las características del siniestro, es decir, la intensidad de la colisión.

    Mi intervención como perito en las salas de los juzgados se ha convertido en mi trabajo de todos los días.

    Me gustaría comentar el caso de «peter salomon» que escribió el 29 de julio, ya que en su pregunta da en el clavo en cuanto a la detección del intento de fraude. En efecto, los paragolpes de los turismos tienen unas características facilitadas por los fabricantes las cuales están reguladas por la normativa vigente que obliga a que dichos elementos (paragolpes) deben ser capaces de absorber una energía determinada sin que se produzcan deformaciones permanentes. Lógicamente el hecho de que un paragolpes no se haya deformado después de una colisión, determina la velocidad máxima a la que se produjo la colisión y a partir de esa velocidad se puede determinar la energía transmitida al interior del vehículo. Plantea peter salomon otra cuestión, ¿qué espacio necesita un vehículo para alcanzar 8 Km/h?, y la pregunta es muy interesante, porque existen muchísimos siniestros en los que la colisión se produce cuando uno de los vehículos está saliendo de un estacionamiento y colisiona con otro vehículo estacionado que se encuentra situado a escasos 3 o 4 metros. Pués bien, desde el punto de vista de la mecánica, es imposible que un vehículo convencional (turismo corriente) sea capaz de alcanzar una velocidad de 10 Km/h en esa situación.

    A Virginia (la fisioterapeuta) no le puedo discutir nada en cuanto a sus comentarios sobre esta materia, ya que la experta es ella, pero sí le diré que el informe biomecánico puede determinar de forma clara la energía transmitida a los ocupantes del vehículo. Estoy de acuerdo con ella, y es de sentido común, que todas las personas no son iguales, pero estará de acuerdo conmigo en que el mecanismo que provoca el latigazo cervical es un proceso de aceleración y desaceleración brusco de la región cervical, ocasionada en una colisión por alcance al encontrarse el tronco sujeto por el cinturón de seguridad, pués bien, podemos calcular con un margen de error muy pequeño esa aceleración que en muchos casos es igual a cero, casos en los que de forma evidente, o se están simulando las lesiones, o éstas son consecuencia de otras causas.

    Bueno, aquí me despido por hoy, y espero voler pronto.

    Un saludo desde Sevilla.

    1. SR TORRES EL 14 DE DICIEMBRE ME PEGARON FUERTE POR DETRAS FUI AL HOSPITAL Y ME ENVIARON A REC UPERACION HASTA EL DI 28 FEBRERO CONTINUAVA DOLIENDOME EL HOMBRO DERECHO HASTA LA MUÑECA. MI VIDA A CAMBIADO PORQUE YO CADA DIA IBA AL GIMNASIO POR LA MAÑANA Y HACIA PECTORAL ESPALDA ETC CON 40 KGS. Y AHORA SOLO PUEDO HACER CINTA POR MIEDO A QUE ME PERJUDIQUE LA LESION.. ME HAN DADO DE ALTA Y EN LA ECOGRAFIA SE VE ROTURA PARCIAL ETC.NO DESEO NO ES MI ESTILO APROVECHARME DE NADA SIMPLEMENTE QUIERO ESTAR COMO ESTAVA.

      ATTE.

  13. MIguel, después de leer tus comentarios solo me queda decirte que, por favor, respondas a Angels, que aún cuando no es ni ingeniero ni abogado ni aseguradora es víctima. Y es la que ha puesto «los puntos sobre las ies». Acaso una colisión en la que los daños materiales son leves o inexistentes puede tener resultados lesivos dependiendo de datos objetivos como la carrocería del vehículo (en su caso la bola del remolque), de datos subjetivos, como la posición en la que está el ocupante (dormido, leyendo, estirándose, etc… en su caso estaba relajada mirando el móvil) y de datos verdaderamene importantes como la mayor afectación psicológica del paciente, es decir, los hay que con una gripe parece que se mueren y los hay que no dejamos de hacer nada con 38 de fiebre.

    ¿Por qué no dejas claro que lo importante para tí es trabajar y ganar dinero y dejas la verdad para la filosofía?

    Defiende a una u otra parte pero se riguroso.

  14. Hola,me gustaria saber lo que me daran de indemnizacion mas o menos,me pego un porrazo una chica con su coche saltandose un ceda al paso,y me volteo yo llevaba un ciclomotor,esto fue el 1 de nov,me diagnosticaron en reina sofia esa misma mañana,esguince cervical y escapula derecha contosionada,seguidamente me dieron 15 sesiones de rehabilitacion,pero lo mas gracioso que solo me daban del brazo por que el medico de la compañia comtraria solo dijo que era el hombro,esto lo lleva un abogado,el dia 2 de abril paso el forense y me gustaria saber como me valoraran,por que baja no tuve,no estaba asegurado,he perdido unod grados de movilidad en el brazo y de la espalda ni hablo,con el cambio de tiempo es criminal,hasta vomitos,esto es un calvario,no una loteria,no esta pagao con nada,y mas si es para siempre.espero respuesta,un saludo y gracias.

  15. Hola,ante todo respeto sus opiniones que presupongo que es un prosional y abra estudiado lo suyo,pero desde la ingnorancia de un profesional de la carretera con mas de 25 años a mis espaldas…yo le pregunto (en relacion al tema de la biomecanica y causa/ efecto) ¿por que en accidentes con muchos daños materiales yo no e sufrido grandes daños en mis vertebras y en pequeños golpes con solo unos rasguños en los vehiculos he tenido lesiones de consideracioin?
    Yo no tengo sus conocimietos tecnicos pero twengo la experiencia,ustedes saben sobradamente que en los golpes por alcance no existe una relacion causa efecqe to y

  16. Tube un accidente ,sin ser el culpable, como el coche tiene 12 años,itv pasada,revisiones en la casa oficial,mecánicamente bien ,me funcionaba perfectamente y de chapa roces de aparcamiento,el año pasado cambie las corresa,amortiguadores,en fin lo puse para aguantar unos años mas ,la compañía meda1900€ cuando la reparación vale 7000€, es decir siniestro total, mi compañia, me dice que esto es así y ya esta.Sin tener culpa de nada mequedo sin coche y lesionado ,luego dicen que la gente es mala y queremos estafarlos y ellas que hacen con sus convenio internos entre ellas?

  17. Este tio el que a escrito esto es un autentico inepto y debia pasarle a el ………pero no entro en mas comentarios mas que decirle que quien golpea por deras PAGA y si hay estafadores tambien los hay en otros ambitos entonces hay que penalizar a quien golpea por detras subiendole la prima un 70% o lo que sea necesario por que puede hacer mucho daño. Y PUNTO no todos son estafadores PAYASO

  18. realmente el señor miquel torres me a sorprendido , segun usted si un accidentado va al medico por un latigazo cervical es un cuento chino y solo quiere la indemnizacion ¿ no ? no todos somos asi , no pretendas meter a todos en el mismo saco porque si hay lesiones reales .
    Creo que los accidentados merecen una indemnizacion mas que satisfactoria .

    1. Hola Jhota:
      Creo que no has entenido bien mi artículo. No estoy diciendo que todos los accidentados que sufran latigazo cervical sean unos cuentistas sino que algunos tratan de aprovechar cualquier colisión, por pequeña que esta sea, para reclamar una indemnización que no les corresponde, y al final, tal vez pagan justos por pecadores porque a otros que sí que han sufrido lesiones tampoco se les cree. Comparto contigo que los accidentados que realmente han sufrido lesiones, merecen una indemnización satisfactoria, pero los que no las han sufrido no.
      Saludos
      Miquel Torres

      1. no es cualquier cosa lo de latigazo cervical,hace un par de años escribi aqui ,y eso es lo que le ocurrio a mi mujer,primero le dicen que latigazo cervical al cabo de unos meses le hacen una resonancia y le ven que tiene dos discos desplazados con hernias probocado por el accidente,la operan hace casi un año y sigue igual con los dolores ,con el hormigueo en los brazos si poder cojer un baso de cafe con leche,por que se le cae,y mas mas mas ,,es largo de contar,,,.
        La pena es que la justicia va lenta y asquerosa por gente que se a aprovechado de estas cosas,todavia ni si quiera se a pronunciado el juicio,despues el la seguridad social le dan una ayuda o lo que sea ,viendo el estado que estaba antes de operar,y despues de un mes la mira otro medico y se la quitan,,alucinanteee,,,bueno y lo mejor que mi mujer era una persona normal que podia trabajar y sin ningun dolor,y ahora le dicen que eso ya lo tenia ,telaaaa,
        bueno para intentar ganar algo misero que no creo que salga a cuenta despues de comerse su paro y pagar un peritaje ,,,,espero que le recompense bien ,,eso espero

      2. Hola Curro:
        Espero y deseo que todo acabe bien. Nadie dice que lo del latigazo cervical sea «cualquier cosa», entiendo el calvario que estáis viviendo y evidentemente, en el post no me refiero a personas como vosotros que realmente habéis padecido la lesión.
        Un saludo
        Miquel Torres
        Abogado

  19. veras Migel tu tienes tu cochecito,viejo pero que funciona bien y ati te va de lujo,viene un tio te da un golpe por detras y te revienta el coche,total? coche siniestro 500 euros y comprate otro coche majo,cuando ati ese coche te funcionaba bien,tu no tienes dinero para comprarte otr,entonces que haces? te resignas a ir andando 1,2,3 años asta que te puedas comprar uno?que culpa tienes tu de que el otro conductor te diese el golpe?conclusion metes un cuello y te compras un coche,encima de que pasas el susto la incomodidad de estar sin el asta que se perite y finalmente el chasco de que te quedas sin coche,te vas a quedar con 500 euros y la cara de tonto? yo opino que no,las compañias son multinacionales las cuales abusan de la gente,no merecen mas sinceridad que la que ellos tienen con la gente.

  20. Hola, Miquel:

    Enhorabuena por tu blog.
    He leído todo lo publicado y me gustaría aportar cosas a las diferentes personas.
    En primer lugar, la biomecánica forense es una ciencia que se apoya fundamentalmente en el conocimiento que tenemos de la respuesta fisiológica de cada parte de nuestro cuerpo, según los requerimientos externos a los que se somete en circunstancias anormales a su función. Esta respuesta fisiológica y sus límites de tolerancia se puede medir, en términos de la mecánica física tradicional, consiguiendo parámetros objetivos de resistencia. Los estudios son extensos y exhaustivos, y pueden ser consultados en diversas publicaciones tales como al SAE americana.
    Dicho esto, la tarea del ingeniero será analizar los daños y los vehículos, determinar la velocidad de colisión máxima de colisión y calcular energía trasmitida a los ocupantes del vehículo alcanzado.

    El médico especialista en Valoración de Daño Corporal, tendrá que justificar si se cumplen las condiciones necesarias para establecer la relación de causalidad entre el accidente y la lesión. Existen dos condiciones necesarias, la inmediatez temporal de la sensación de dolor y la intensidad mínima potencialmente lesiva. Los otros criterios, que conforman el análisis de la documentación médica, justifican la existencia de la lesión y su intensidad, pero no su relación causal.

    En el tema del análisis de daños, evidentemente no es lo mismo una colisión en la bola de remolque, que está sujeta a la estructura y por tanto trasmite casi toda a energía a los ocupantes, que una colisión paragolpes-paragolpes sin roturas. Desde luego en este caso no hay transmisión de energía suficiente. Los paragolpes tienen un límite de resistencia por encima del cual colapsa su estructura. Ese límite, en términos de velocidad, es de entorno a los 9 km/h.

    No todo es mentira, pero tampoco es todo verdad. Hay fraude y simulación, y abusos por parte de las aseguradoras. Afortunadamente la ciencia pone coto a los intereses económicos de las aseguradoras y a las reclamaciones injustas de los caraduras.

    Mi crítica va en contra de las personas que no se fían de la ciencia para establecer su criterio. Me consta que existen Médicos especialistas en Valoración, Forenses, Abogados, Jueces e Ingenieros que tergiversan la ciencia en su propio beneficio, o simplemente, desde una posición de poder, la ignoran a la hora de ser justos y actuar con objetividad. Me repugna su desprecio por la ciencia que ha permitido al ser humano conseguir tantos avances en todos los campos del conocimiento.

    Miquel, estoy de acuerdo contigo en que reclames si te duele, y si no, no.

  21. el otro dia dándole mi ermano paso aun peaton ,una citroen jumpy nos golpeo fuertemente a su coche un citroen xsara y pensamos k abia partio el coche el coche a sufrido muy pokos daños pero tanto mi ermano komo yo nos dolio el cuello y fuimos al medico mi pareja k iba atrás se a partio un dedo de la mano pero esque lo mas fuerte esque el coche no tenes apenas daños y dicen que no es motivo para tener esas lesiones

  22. Me repugna leer estos argumentos tan absurdos, y más cuando llevo 70 días bien jodido tras sufris un esguince cervical.

    ¿Cuponazo cervical? ¿Timos por parte de los afectados? No sé… Lo que sí te puedo decir es que timos por parte de las compañías de seguros son diarios, constantes y tremendos.

    Me repugna los mercenarios que defendeis a ultranza los intereses de las compañias de seguros frente a los pobres y, practicamente, indefensos lesionados. Deberías sufrir una lesión como la que estoy sufriendo yo para valorarlo.

    Y yo a mí sí que me ha tocado un cuponazo cervical ¿Sabes cual? Que tengo una RM previa al accidente en la que no aparecen dos protusiones cervicales (que sí aparecen en RM posterior al accidente). Los médicos ya me estaban diciendo que las protusiones no podían ser traumáticas (para eludir sus responsabilidades)

    Un saludo

    1. a mi mujer hace cinco años un accidente que le dieron por detras ,una persona sana que podia trabajar cojer peso,que no tenia nimgun dolor, despues fue,primero latigazo cervical,despues tratamiento de focos de calor etz asi hasta cuatro meses y no se le iba el dolor, le mandaron un resonancia y despues visita al neurocirujano tenia dos protusiones casi tocando el cordon medular despues de dos años a la espera de que se desinflamara la medula la operaron y le pusieron un par de cajas para que artculara un poco el cuello nada, que a dia de hoy con dolores no puede cojer peso,no puede trabajar con un 38% de minusvalia y sin teber ayuda, solo 26.000euros que le han dado y digo y eso para queeee
      cinco años perdio de trabajo son 60000 euros que a ganado nadaaa,,,a perdido mas que dinero… ser una persona normal el vivir sin dolor, sin preocupación de dolores.. el valerse por si misma..
      todo lo que dicen eso de loteria eso es mentira al revés es una estafa de las aseguradoras con 38 añitos ya tiene jodida su vida
      PERDONAD POR EL TOCHO QUE ES ESCRITO PERO ME CABREA ESTE TEMA
      UN SALUDO

      1. Hola Curro.
        Entiendo tu enfado, pero este artículo no se refiere a casos como el de tu mujer. No dudo que tenga una lesión importante (ha requerido intervención quirúrgica) y que sea derivada del accidente. Efectivamente, lo que ha percibido no compensará el dolor ni las pérdidas económicas que haya sufrido.Saludos

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