ACCIDENTE EN TRANSPORTE PÚBLICO O COLECTIVO


Diariamente hacemos desplazamientos en medios de transporte público colectivo (autobús, metro, tren de cercanías, etc.) y no suele pasar, pero ¿y si hay un accidente en el metro y nos vemos obligados a pasar unos días de baja? ¿Y si el conductor del autobús arranca o frena de forma brusca y nos caemos? ¿Y SI UN TREN DE CERCANÍAS DESCARRILA? .

elmundo.es

Y ya no hablemos de accidentes más graves como el ocurrido en el metro de Valencia el 3 de julio de 2006 donde un exceso de velocidad (el doble de la permitida) por el conductor de un convoi provocó el vuelco de un vagón con un balance de 43 víctimas mortales y medio centenar de heridos. El transportista tiene una responsabilidad que la ley cubre por medio de un seguro de contratación obligatoria: el Seguro obligatorio de viajeros (SOV) y además otras obligaciones:

Obligaciones del transportista


La empresa de transportes públicos colectivos debe:

-Tener contratado el Seguro Obligatorio de Viajeros y pagar la prima del seguro, cuyo importe repercutirá al viajero incorporándolo al precio del título de transporte o billete,

-En caso de accidente, el transportista deberá dejar constancia por escrito de los avisos de siniestro que reciba y de todos los datos y circunstancias que sirvan para clarificarlo, así como de las comprobaciones realizadas con este objeto,

Comunicar al asegurador el accidente así como las actuaciones que se hayan realizado para aminorar sus consecuencias y realizar todo lo necesario para que los asegurados o beneficiarios puedan obtener las prestaciones del seguro obligatorio.

Qué cubre el SOV


El Seguro Obligatorio de Viajeros, en caso de requerirlo, nos dará derecho a percibir las indemnizaciones que correspondan así como, asistencia sanitaria en caso de incapacidad temporal o permanente.

En concreto, el seguro cubre las lesiones corporales que sufran los viajeros a consecuencia directa de choque, vuelco, alcance, salida de la vía o calzada, rotura, explosión, incendio, golpe exterior y cualquier otra avería o anormalidad que afecte o proceda del vehículo,  excluyendo a los asegurados que provoquen los accidentes en estado de embriaguez, o bajo los efectos de drogas, estupefacientes o estimulantes, o mediante la comisión de actos dolosos.

El seguro da derecho a asistencia sanitaria y a indemnizaciones que dependerán de la graduación de la lesión.

Qué no cubre el SOV

 
El SOV no cubre daños materiales, sólo cubre los daños corporales, lo cual no significa que los daños materiales (sobre nuestras pertenencias) no sean reclamables pero no a través de este seguro.

El SOV es compatible incluso, con el seguro de circulación de que disponga la empresa de transportes públicos. Por tanto, es imaginable en un accidente con lesiones y la rotura, por ejemplo, de nuestras gafas o del teléfono móvil o del ordenador portátil reclamar la cobertura por las lesiones a la aseguradora con la que tenga asegurado el SOV el transportista, y los daños materiales al seguro de circulación del transportista, o si no nos hacen caso, a través del arbitraje de transportes.

El Seguro Obligatorio de Viajeros se encuentra regulado por:

-El Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del seguro obligatorio de viajeros,

Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro

¿Existe un Baremo de indemnizaciones?

La reclamación que se tramita por el Seguro Obligatorio de Viajeros, sólo se indemniza conforme al Baremo indicado en el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del seguro obligatorio de viajeros.

En su Artículo 8. indica qué accidentes están protegidos y en el artículo 15. explica cuéles son las prestaciones pecuniarias.”:

1. Los asegurados o beneficiarios tendrán derecho a indemnizaciones pecuniarias cuando, como consecuencia de los accidentes amparados por el seguro obligatorio de viajeros, se produzca muerte, incapacidad permanente o temporal del asegurado.

2. Las indemnizaciones se abonarán conforme al baremo que, como ANEXO se une a este reglamento….” Es decir que hay un Anexo donde se especifican por categorías las lesiones y se establece el Baremo de indemnizaciones del seguro obligatorio de viajeros.
Al no ser un seguro de responsabilidad civil, como ya hemos dicho, no se pueden reclamar por ejemplo la rotura de gafas, del móvil o de la ropa sufrida durante la caída, dado que no hay responsabilidad extracontractual sino que se trata de responsabilidad contractual.

El baremo expresa según se trate de un fallecimiento o de lesiones corporales clasificadas en catorce categorías, las indemnizaciones a percibir por los asegurados o beneficiarios del Seguro Obligatorio de Viajeros (expresadas en pesetas de la época de su promulgación, en diciembre de 1989, no habiéndose actualizado en más de veinte años, por lo que  deberán calcularse en euros y ser actualizadas mediante la aplicación del incremento del IPC hasta el año en que ocurrió el accidente).

Fallecimiento
El valor de la indemnización en caso de muerte será de 6.000.000 pesetas (36.000 €).

Lesiones corporales
Las de primera categoría (tetraplejías, insuficiencias cardio-respiratorias, amputaciones de un miembro superior y un miembro inferior homolateral o heterolateral, pérdida completa de la visión, etc.) dan derecho a una indemnización de 7 Millones de pesetas (42.000 €).

Las lesiones corporales de segunda categoría (epilepsia, hemiplejía, lesiones del sistema nervioso central, amputación de ambos miembros superiores o inferiores por cualquiera de sus segmentos, grandes quemados de segundo y tercer grado que afecten órganos profundos, etc.) dan derecho a una indemnización de  5.000.000 de pesetas (30.000 €). Las lesiones corporales de tercera categoría (entre otras la amputación de la lengua, la pérdida total de maxilar inferior, el infarto de miocardio o la pérdida completa del pene) dan derecho a una indemnización de 4.500.000 de pesetas (27.000 €).

Partos prematuros o abortos
Cuando a consecuencia del accidente sobrevenga parto prematuro con muerte del feto, se otorgará una indemnización igual a la señalada en la decimotercera categoría (450.000 pesetas o 2.700 €). La misma indemnización se concederá en caso de nacimiento prematuro, a fin de atender los gastos que ocasione el nacido. Si sobreviene el aborto, la indemnización será igual a la mitad de la señalada en el

Si del parto o aborto, consecuencia del accidente, resultara muerta la madre, se considerará, en todo caso, que el fallecimiento es consecuencia de tal accidente, pero no se causará la indemnización a que se refieren los dos párrafos anteriores.

Cómo reclamar


El usuario afectado por un accidente en un medio de transporte público colectivo tiene abiertas dos vías para la reclamación por los daños ocasionados:

1.-Por la vía extrajudicial:
El viajero afectado puede acudir a la Junta Arbitral de Transporte Terrestre de su Comunidad Autónoma, dependiente de la Dirección General de Transportes Terrestres y solicitar la celebración de un arbitraje.

El arbitraje es un procedimiento sencillo donde se pueden resolver reclamaciones cuya cuantía no exceda de 6.000 euros, salvo que alguna de las partes intervinientes en el contrato de transporte manifieste expresamente a la otra, con anterioridad al inicio del transporte, su deseo de no someterse a arbitraje.

También se pueden plantear reclamaciones de mayor cuantía si así lo pactan las partes. La intervención de las Juntas Arbitrales del Transporte es gratuita para el viajero y no es obligatorio emplear ni abogado ni procurador para acudir a ellas.

Los laudos o resoluciones arbitrales emitidos tras la celebración de la vista arbitral son ejecutivos y de obligado cumplimiento, teniendo los mismos efectos que una sentencia firme.

2.-Por la vía judicial:
Los viajeros pueden interponer acciones tanto en vía penal  como en vía civil contra el transportista. La vía penal sólo es recomendable si ha existido una negligencia o imprudencia demostrable del conductor del transporte público, y en muchas ocaisones se utiliza con el único fin de obtener un Informe Forense que nos sirva para evaluar las leisones y posibles secuelas; pero si no es posible demostrar esta culpa o negligencia es mejor acudir directamente a la vía civil, donde sólo reclamaremos la indemnización que nos corresponda sin solicitar la condena penal de nadie. Como siempre es aconsejable acudir a un abogado especialista en responsabilidad civil y seguros que nos asesore sobre cuál es la mejor vía.

¿De qué plazos dispongo?

Es importante saber que el plazo para reclamar en exigencia de responsabilidad civil extracontractual es de un año desde la ocurrencia del siniestro, pero si planteamos el tema como responsabilidad contractual (se trata de un contrato de transporte), el plazo se amplía a quince años. Como existen corrientes doctrinales distintas sobre la posibilidad o no de acumular ambas acciones, es conveniente no dejar pasar el plazo del año o, como mínimo, interrumpirlo mediante reclamaciones extrajudiciales. Si interponemos una denuncia por la vía penal porque consideramos que el conductor del transporte es responsable de una falta de imprudencia el plazo es de seis meses desde el accidente.

Fin de trayecto

Si has llegado hasta aquí es que te ha parecido interesante este post.

Sólo me queda desearte un buen año 2011 lleno de felicidad y que compartas conmigo tus experiencias y conocimientos.

Saludos

Miquel Torres

Abogado

82 comentarios en “ACCIDENTE EN TRANSPORTE PÚBLICO O COLECTIVO

  1. Buenos dias,
    Buenos días,
    Por lo que he podido aclarar, gracias a su post, las lesiones derivadas de un accidente en un transporte público son más o menos fáciles de demostrar, y por lo tanto, más menos fáciles de reclamar. Sin embargo, en cuanto a los daños materiales, ¿qué debemos hacer en caso que se produzca un daño material, tomando su propio ejemplo, en unas gafas? ¿aportando fotos de las gafas rotas y su factura es suficiente?, y ¿si ya no disponemos de la factura debido a que son viejas o simplemente la hemos tirado?
    Gracias.

    1. Hola Miri.
      En cuanto a los daños materiales, si bien no están cubiertos por el SOV, también son reclamables siempre y cuando se acrediten. En el caso de las gafas, por ejemplo, conviene conservar las rotas y si ya no se tiene la factura pedir un duplicado donde se adquirieron. También puede solicitarse un presupuesto de su reparación o comprar unas nuevas y reclamarlas, si bien en ese caso es posible que la aseguradora quiera aplicar algún tipo de depreciación por uso.
      Gracias y Saludos
      Miquel Torres
      Abogado

      1. tengo una duda ,otro dia me robaron el bolso en el interior del autobus,en el momento cuando estaba parado,bajando de inmediato y marchandose corriendo con direccion a la poblacion,tengo algun derecho a indemnizacion por daños materiales…?un saludo

      2. Hola Beatriz:

        Lamentablemente, si te han robado en el bus la empresa no es responsable ya que no tiene la obligación de vigilar, ni siquiera de avisar de posibles robos a los usuarios.

        Saludos

        Miquel Torres

  2. Hola, buenas!!!!
    Una amiga tuvo un accidente en autobus, simplemente el autobus dando marcha atras golpeo un muro y rompio la luna trasera, mi amiga iba sentaba alante hablando con el acompañante por lo tanto la cabeza la tenia girada. al llegar a su destino (la empresa de autobuses no mando a otro conductor sino que el mismo cambio el autocar y siguio la ruta) fue a la seguridad social la hieron una revision tenia una contractura y ya… eso la dijeron, a los tres dias tenia un fuerte dolor en la columna y se dio 7 sesiones de fisio xo porque acudio al igualatorio medico y la mandaron a un trauma al acabar las sesiones la dijeron q debia darse otras 7 las cuales no se llegaron a iniciar porque las interrumpio el igualatorio indicando q debian hablar con la empresa de transporte para que se hiciera cargo, ahora la hacen presentarse en la mutua de la empresa de transporte con todos los papeles que tenga, pero el trumatologo la dijo que no la daria los papeles hasta q acabasen las sesiones, solo tiene el primer parte del dia del accidente….. que es lo que tiene que hacer mi amiga? la corresponde indemnizacion? gracias y siento haberme extendido

    1. Buenos días María:
      Tu amiga tendría que presentarse en la mutua con el parte de urgencias del día del accidente, finalizar las sesiones de rehabilitación y cuando acabe solicitar un informe y también aportarlo. Y, sobre todo, acudir a un abogado especialista en estos temas para que le lleve el caso ya que, evidentemente, le corresponde una indemnización y conviene que esté bien asesorada al respecto.

      Gracias y saludos

      Miquel Torres

  3. Hola Amigos, escribo desde la ciudad de Medellin, departamento de Antioquia, Colombia.

    He encontrado la pagina y me llega oportuno, dado que en la actualidad me encuentro en la socializacion de la oficina de atención a victimas de accidentes de transito,y en aprovechamiento de la misma, me he alimentado de los contenidos que tan profesional y humanisticamente han comentado.

    me gustaría pedir la colaboración al respecto para continuar fortaleciendo la proyeccion.

    Gracias

  4. Gracias por la informacion y me gustaria hacer una consulta.- Tuve un problema en el autobus, segun el chofer freno de golpe por culpa del coche que iba delante, a consecuencia me cai encima de los asientos que estaban frente a mi y tengo un esguince de muneca, estoy de baja en el trabajo, ya hice la reclamacion pero me gustaria saber hasta donde cubren ellos los danos

    1. Hola Kathy

      Por el seguro Obligatorio de Viajeros te cubrirán únicamente por la lesión que hayas sufrido, que la tendrán que valorar sus servicios médicos. No se paga por el tiempo que hayas estado de baja y en esto se diferencia del seguro de automóviles.

      Saludos

      Miquel Torres

  5. Saludos Miguel,
    En primer lugar agradecerle el blog y el post, pues me ha aclarado algunas cosas. Hace unos meses, sufrí un accidente, dentro de un autobús público, en Barcelona, debido a que un coche particular invadió el carril bus y se produjo una colisión. El conductor del vehículo particular, reconoció su culpa y se llevó a cabo un parte de accidente amistoso. El conductor del bus, tomó mis datos, y yo acudí a urgencias por dolores en cuello y espalada. Todavía no he puesto reclamación, porque sigo con tratamiento, iniciado por la seguridad social, y al mes del accidente, se hizo cargo el seguro del vehículo particular. Actualmente sigo sesiones de fisioterapia, a cargo del seguro del vehículo privado. Mi pregunta es, en el momento que se me de el alta, por parte de la mutua del seguro del vehículo que provocó el accidente, qué debo hacer? Y sobre todo, qué documentación debo presentar? Porque únicamente tengo el billete de transporte y los diversos informes médicos. Desde una asociación de consumidores, me han indicado que debería contar con el parte de accidente emitido por el conductor de autobús, cosa que desconocía.
    Saludos,
    Arantxa

    1. Buenos días Arantxa:
      En el momento en que te den el alta deberías enviar toda la documentación médica. Te aconsejo asimismo que contactes con la compañía de autobuses, que si es en Barcelona será TMB para pedirles dicho parte y con la aseguradora de los mismos, que si no me equivoco y hasta diciembre de este año es ZURICH. Si no lo consigues o te torean, puedes contactar conmigo en el 934571600.

      Saludos
      Miquel Torres

  6. Muchas gracias Miguel,
    Me dices que en el momento del alta envíe la documentación médica, pero, a dónde? El tema es que no sé quién es mi interlocutor, si TMB, Zurich, el seguro del particular, o la Junta Arbitral de Transporte… Para empezar, intentaré conseguir el parte del accidente, pero en la asociación que he consultado, los veo un poco perdidos también. Gracias por tu ofrecimiento, lo tendré en cuenta, tomo nota de tu teléfono.
    Cordialmente,
    Arantxa

  7. hola yo queria preguntarte porque hace un año tube un accidente en el tren y desde hay no e podido trabajar ni nada y mi medico me mando a reavilitacion y aun no m ehan llamado ,y del seguro del tren me dijo el medico que me atendio que me llamarian ellos para hacerla ,y no me llamaron y me finiquitaron con una cantidad vergonzosa,eso se puede hacer finiquitra sin hacer reavilitacion,lo e puesto en manos de mi abogado porque no estoy bien aun,y no estoy conforme con la cantidad.gracias

    1. Hola Patricia:
      Si ya los has puesto en manos de un abogado será eél quien mejor te aconseje. De todas formas, si diecs que te «finiquitaron» entiendo que debiste firmar algún tipo de documento por el que aceptabas una cantidad y debías renunciar a cualquier indemnización. A veces abusan d ela necesidad de la gente para que acepten cantidades insuficientes y en esos casos hay que aceptarlas «a cuenta» de mayor indemnización pero no firmar finiquito alguno.

      Saludos

      Miquel Torres

  8. Gracias Miguel por abrir este espacio y responder nuestras dudas, ya que nunca se sabe cuando estemos en peligro de sufrir un accidente y no saber que hacer, sirven de mucho a las personas que como yo por primera vez visitamos tu blog, ten por seguro que lo seguiré haciendo….saludos

  9. hola queria que nos asersorara, mi madre subiendo al autobus sufrio un accidente, el conductor cerro la puerta antes de tiempo y le pillo el brazo derecho , el mismo conductor la llevo al hospital y le facilito el telefono de las oficinas de tubsal ya que el autobus es de badalona, en este telefono nos informaron que teniamos que mandas por fax el parte de baja y de alta cuando se lo den porque aun esta en manos de medicos y le han dado para hacer rehabilitacion, nos han dicho que es para la indemnizacion que su compañia de seguro y que la cantidad la determina el seguro dependiendo del tiempo y la graveda de la lesion. Mi pregunta es si tenemos que confiar en el seguro o por lo contrario buscarnos un abogado ?

    1. Hola Ángeles:

      De momento podéis confiar en Tucsal y en su aseguradora, pero pide que os faciliten un número de expediente o referencia para, si llega el caso, poder obtener toda la información posible. Guardar toda la documentaión relativa al caso (billete de bus, hoja de incidencias o reclamación, informes médicos, etc.) por si fueran necesarios para un posible procedimiento. Si te quieres quedar más tranquila puede sponerlo desde ya en manos de un abogado.

      Saludos

      Miquel Torres

  10. Hola Miguel soy Vane de Malaga, hoy mi madre a sufrido un pequeño accidente en el autobus, un muchacho iba con un perro y se le a soltado la cuerda y a cruzado la carretera y el autobus a frenao con tan mala suerte que mi madre con tal de no caerse a echado el cuerpo para atras y menos mal que un hombre la a sujetado si no se a caio al suelo y se a echo daño en el cuello y espalda, nos ha tomado nota la conductora y hemos ido a urgencias y le han dicho que tiene una contractura en el cuello y le han puesto un collarin, le han dicho que tiene que ir a su medico de cabezera y luego entregar el parte que le han dado en urgencias a la EMT, tengo guardado los billetes por si me lo piden, tengo que llevar algo mas? muchas gracias un saludo.

  11. Hola muy buenas,en primer lugar felicitarle por este magnifico blog.
    Le comento mi caso,viajando de pie en un autobus urbano,el conductor dio un frenazo,mi telefono movil se cayo al suelo se rompio la pantalla.Entiendo que el SOV no lo cubre y que deberia reclamar al seguro de circulacion contratado por la compañia.Mi duda es cuales son los pasos a seguir y que documentacion requiero(el tikect….),si era necesario que diera constancia en el momento al chofer,etc…..
    Un saludo.

    1. Gracias Abel por tus felicitaciones:

      Necesitarías el ticket del bus y a poder ser algún tetsigo que lo corroborase y las reclamacione so getsiones amistosas que hayas hecho. Por supuetso guarda el móvil y si tienes la factra y pide presupuesto o factura de otro igual o similar.

      saludos

      Miquel Torres

  12. tuve un accidente bajando del tren, he sido operado del hombro y llevo meses de baja, ¿cubre el s.o.v. de renfe los dias impeditivos y no impeditivos ó hay que resclamar la responsabilidad extracontractual a renfe?

    1. Hola Manuel:
      Renfe tiene dos seguros, el de Viajeros y el de Responsabilidad Civil. La información sobre los seguros concertados (S.O.V. y S.R.C.) se encuentran en las oficinas de Atención al Cliente y la correspondiente página en Internet de Renfe-Operadora.Entiendo que en tu caso debería cubrirte el SOV.
      Saludos
      Miquel Torres

      1. HOLA, gracias por su repuesta,
        ME DICE POR CARTA LA CIA DE SEGUROS DEL S.O.V QUE NO CUBRE LOS DIAS POR BAJA LABORAL ¿ES CIERTO ESO, EXISTE JURISPRUDENCIA AL RESPECTO, O LOS TENDRIA QUE RECLAMAR POR EL S.R.C.?
        HE CONSULTADO EN INTERNET-RENFE LA INFORMACION PERO NO QUEDA CLARO LO DE LOS DIAS DE BAJA QUE ES LA DUDA QUE TENGO.
        OTRA VEZ GRACIAS Y RECIBA UN CORDIAL SALUDO
        MANUEL

      2. Hola Manuel:

        Es cierto, el SOV no cubre los días de baja, que deberían reclamarse por el seguro de Responsabilidad Civl si la hay por parte del conductor del autobús o, en el caso de que la cvulpa sea del conductor de otro automóvil, a cargo del SOA de éste. Existe compatibilidad en aquella parte de la Indemnización en la que un Seguro no «solapa» al otro; es decir, por el Seguro de RC se obtienen los días de baja, y por el SOV las secuelas (q cubre ciertas secuelas «menores» no contempablas en la Ley 50/80), dado que en este Seguro no se subren los días de baja (incapacitantes o no).
        Lo que NO se puede aplicar es una misma secuela a ambos seguros porque ahí surge la incompatibilidad, y por donde van a desestimar la pretensión mayor (generalmente de la Ley 50/80) asumiendo en la demanda de indemnización de menor importe y sin posibilidad de modificar la petición.
        Espero haberte aclarado algo.
        Saludos
        Miquel Torres

  13. Hola Miquel:
    Yo también quiero agradecerte este blog en el que compartes con tantas personas.
    Paso a detallarte la cuestión de mi pregunta:
    Mi madre tuvo un accidente en el autobús de la EMT y se golpeó en la cabeza, con herida abierta, y en el resto del cuerpo resultando con diferentes contracturas. Ella estaba diagnosticada de Alzheimer pero tenía muy buena movilidad y a raíz del accidente apareció una rigidez que es parkinsoniana con lo que se agravó bastante la patología y ha dejado de ser autónoma en su día a día. El médico dice que ha sido así pero en el informe no lo puso pues dice que quien lo tiene que decidir es un juez. La EMT nos ofrece una indemnización después de 3 meses de 2550 €. Mi pregunta es, que si decidimos ir a juicio, qué posibilidades reales tenemos de conseguir una indemnización mayor, cuánto, y a qué coste para nosotros. Muchas gracias por todo. llorenmar@gmail.com (Maria del Mar)

    1. Hola María del Mar:

      Gracias a tí por tu confianza.
      Para dar una opinión acerca de la posible indemnización tendría que ver los informes médicos de tu madre y pedir a la vez la opinión de un médico especialista en Valoración del Daño Corporal que colabora conmigo.De entrada me parece poco lo que os ofrecen. El coste dependerá de la cantidad que se reclame y/o del resultado.
      Saludos

      Miquel Torres

  14. Hola Miquel.
    Me llamo Natividad, tengo 42 años.
    Buscando información he dado con tu blog; tengo una consulta sobre un accidente en autobus urbano en valladolid: Al entrar tropiezo y caigo sujetándome a la barra de la puerta, mi brazo se dobla y sufro una lesión de plexo braquial con afectación bascular concomitante(informe medico) 4ª categoria en el baremo de indemnizaciones.
    soy operada 2 veces, estoy ingresada 15 dias , el brazo paralizado durante 3 meses. Pierdo la movilidad desde el hombro hasta los dedos. Empiezo rehabilitación en el hospital y poco a poco voy recuperándome. Asistiendo al mismo tiempo a rehabilitación particular en una clínica privada.
    después de un año sigo en rehabilitación, me es concedida una prorroga de la incapacidad temporal… el seguro dice que al año me tienen que valorar y darme la indemnización del SOV.
    me dicen que según su informe pericial estoy en la 6ª categoria, su perito médico me ha visto varias veces durante este año…
    No quiero líos ni juicios , sólo saber a que tengo derecho por el SOV.
    Mi duda es que en la ley no queda claro si la indemnización es por la lesión inicial o por las secuelas después de un tiempo determinado, y si tengo derecho a algo por los gastos médicos publicos o/y privados. Espero tu respuesta y gracias de antemano. un saludo.

  15. Hola buenas noches ,yo sufri una caida en la calle en un socavon que no vi pues iba hablando con mi marido y no me entere hasta que me cai´,a coescuencia de la caida me rompi el tercer dedo metarcarpiano he estado 8 meses de baja laboral ,hasta mi recuperacion pues no hacia callo y he estdo mas tiempo de baja por ese motivo,me han quedado secuelas (distrofia refleja simpatica sana)POR LO QUE LO ESTOY PASANDO MUY MAL EN MI TRBAJO pues soy camarera en una residencia de ancianos,.He puesto una reclamacion en el ayuntamiento el dia 23 de septiembre del 2011 y aun no me han respondido,he pedido una cantidad economica he presentado certificado de un medicoespecializado en daño corporal ,fotos del lugar y testigos,cuanto creera usted que me pueden contestar un saludo y gracias

    1. Hola, me he caido bajando del autobus de la E MTV, me he roto el hueso del talón, el calcando y golpes en la rodilla, el seguro de la E MTV me dice que por ser bajando del autobus no lo cubre, que puedo hacer.

  16. hola,veras mi caso es que estaba dentro de un autobus y este tuvo un choque contra otro coche por culpa de este,el problema que tengo esque la compañia nose a echo cargo de mi tengo mis informes pero por la seguridad social todo tarda muxiximo,la duda que tengo es se puede poner via penal la denuncia o unicamente puede ser por lo civil,es porque en el segundo cao tendria que pagarme yo el medico pericial y estoy en duda….un saludo y gracias

    1. Hola Aitor:

      Evidentemente puedes acudir a la vía penal e interponer denuncia si no han pasado más de seis meses desde el accidente; en ese caso te citará el forense y ya le aportarás los informes cuando los tengas.

      Suerte y saludos

      Miquel Torres

  17. Hola Miquel,
    Te expongo mis dudas, a ver si puedes ayudarme a decidir:
    Hace unos meses, me caí al bajar de un tren y me rompí un dedo del pie.

    Caser me envía un finiquito en el que, basado en la categoría 14ª del Sov me ofertan una cantidad como compensación. En efecto, el tipo de lesión y la cantidad son adecuados.
    Tal como corresponde al Sov, en nada se indemnizan los días de I. Transitoria.

    Supongo que tengo la opción de reclamarlos a AXA CORPORATE SOLUTIONS ASSURANCE S.A como compañía que cubre la responsabilidad civil, basandome quizá en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor y sus baremos en cuanto a los días impeditivos, pero mis dudas son:
    ¿Es esta ley de aplicación o no se incluye a los trenes, que tienen legislación propia, en esa Ley?
    Si no hay culpa por parte de Renfe, ¿es este baremo de aplicación? Porque demostrar su culpa sería largo, dudoso y difícil.
    ¿Debería suponer esto ir a juicio, etc etc o existe algún servicio de mediación? Porque francamente, tengo muy pocas ganas y muy poco tiempo para líos.

    Finalmente, creo que si acepto ahora el finiquito, en el que «renuncio expresamente a cuantas acciones pudieran derivarse contra CASER y RENFE operadora en relación con el SOV» también renuncio a cualquier reclamación «contra otros aseguradores, pero no estoy seguro.

    En fin, ya me dirás,
    Gracias por la ayuda que brindas con esta página.
    Saludos,
    Fernando

    1. Hola Fernando:
      Efectivamente, el SOV solo cubre las lesiones por categorías, independientemente del periodo de baja y de si hay o no culpa. Si quieres exigir otro tipo de responsabilidad por culpa o negligencia, entones sí puedes aplicar, por analogía, el Baremo de tráfico. Si la renuncia sólo afecta a Renfe y Caser no te implica a otras acciones que puedas ejercitar contra otra aseguradora, pero deberás probar la culpa o negligencia.
      Suerte
      Saludos
      Miquel Torres

  18. Buenos días, lo primero agradecer tu ayuda, porque sinceramente me encuentra desamparada. Un autobús en Barcelona me golpea el coche, cuando consigo que el conductor pare, puesto que se dió a la fuga, me increpa con insultos diciéndome que es mentira y no contento con ello, empieza a insultarme. Para colmo el autobús lleno de abuelitos recrimandome que parara el autobús puesto que ellos tenían prisa, sin atender de que ese señor me estaba insultando. Llamo a la guardia urbana y me dicen que no tienen obligación de parar y que circule. Imáginate la vergüenza que yo pasé, todos insultándome y yo sin poder hacer nada. Humillante, de verdad. Se va el autobús, consigo coger la matrícula del vehículo y llamo a mi compañia, me dicen que si no tengo testigos ven dificil que pueda hacer algo. Y yo me pregunto en país vivimos, en el que se permite que un señor nos cause unos daños materiales y morales, y NADIE, haga nada. Y luego decimos que pasan cosas, no me extraña.
    Muchas gracias por tu atención

  19. Buenos días, Quería saber si el baremos del seguro obligatorio de viajeros (RD y baremo del año 1989), se ha actualizado, o si la ley tiene prevista alguna forma de actualización.
    Muchas gracias por vuestra ayuda!,
    Ana

  20. Buenos días Miguel, al hilo de mi pregunta del día 9, si había leído lo que dices de que se incrementa con el IPC:
    » las indemnizaciones a percibir por los asegurados o beneficiarios del Seguro Obligatorio de Viajeros (expresadas en pesetas de la época de su promulgación, en diciembre de 1989, no habiéndose actualizado en más de veinte años, por lo que deberán calcularse en euros y ser actualizadas mediante la aplicación del incremento del IPC hasta el año en que ocurrió el accidente).»
    Entiendo por tanto que de un accidente ocurrido en enero de 2012, hay que hacer el cálculo y según el Instituto Nacional de Estadística, a nivel nacional desde diciembre de 1989 a enero de 2012, se ha incrementado el IPC en un 107,9%.
    Es ésto correcto?
    La compañía aseguradora por el contrario me dice que aunque el baremo es obsoleto, no corresponde incremento de IPC alguno…, que consulte con un abogado….

    Sufrí un accidente al bajar de un autobús…en enero de éste año, Estaba de viaje, solucionando gestiones de familiares y a más de 1000Km. de mi casa y no puede terminar las gestiones que fui a realizar, dado que por el accidente me pasé toda la mañana en urgencias (me hicieron radiografías para confirmar que no había huesos rotos), y al día siguiente tenía que volver a coger el avión para regresar a mi casa…
    Ahora me veo obligada a viajar de nuevo para terminar esas gestiones (y volver a pagar avión, hotel, etc..)…
    ¿Esto se puede reclamar de alguna manera?
    Muchas gracias por tú respuesta!!
    Ana

  21. Maria Pilar:
    Les agradeceria mucho que me informaran acerca de mi caso: en febrero de 2010 sufrí un accidene en el Tren de Cercanías de Madrid cayendo a la via del tren y quedando entre los vagones y el arcén. La gente que subia y estaba en el andén me ayudó a salir de esta situación angustiosa y especialmente lograron sacarme antes de que el tren pitara y siguiera su ruta. Presenté denuncia contra Renfe hace dos años y no se me ha notificado ninguna resolución. Me gustaría saber si todavia tengo derecho a solicitar una indemnización por responsabilidad civil
    Muchas gracias

  22. Hola, buenas tardes.
    Mi hermano pequeño (de 3 años) sufrió un accidente de autobús.
    El pequeño iba montado en su carro (que pesa bastante) y con el freno puesto.
    El caso es que el conductor condució de una manera no correcta y el niño pequeño cayó desde el carro, haciendo que los médicos le tuvieran que poner varios puntos en la ceja y otros en el labio superior.
    ¿debemos aceptar el dinero que nos ofrezca el seguro o vamos a juicio?
    ¿Cuánto dinero suelen dar los seguros por este tipo de accidentes?

    Muchas gracias de antemano.

  23. Hola Miquel:

    Puedes aclarar más lo de la responsabilidad civil por culpa o negligencia? Si golpea por detrás, x ej, habría lugar a ello? Cómo se articula en la denuncia esto?

    Muchas gracias.

  24. Hola.
    El dia 23 de abril al bajar del tren en la estación de Villaverde-Bajo en Madrid, por una arqueta que estaba en muy mal estado ( tengo fotografías de la arqueta y de mi tobillo) y que justo coincidió con la puerta por donde yo salía, me caí al suelo del anden, me dañé el tobillo, me tuvo que atender el SAMUR, me hizo parte , (esto sucede en el transcurso del viaje a mi trabajo), el diagnostico es un esguince de segundo grado en el tobillo y estoy de baja, he puesto una reclamación en la RENFE, ( por cierto, los operarios de Renfe acuden en primer lugar a ayudarme).
    La reclamación que yo he firmado es para la aseguradora CASER y una semana despues todavía no se han puesto en contacto, no se si tengo que realizar algún otro tramite, ¿Qué derechos tengo en este caso?
    Gracias por adelantado

  25. buenos dias migel yotengo una duda yo iba en un autobus urbano y se freno parano chocar mecai con minieta de 1 año y segolpio la cabesa no querian aserle niun estudio les meti demanda y selo isieron pero medicen quenadamas cubren los gastos medicos y los gastos del trasporte alas clinicas disen que corren por mi cuenta

  26. venia de mi trabajo en un autobus d ela emt estab preparandome para bajar y este dio un franazo que me mando contra las sillas, asustada me baje del autobus el conductor me preguntaba cosas que no me acuerdo y al final baje un poco mareada y llegue a mi casa , pocas horas mas tarde no podia aguantar los dolores en todo el cuerpo entonces pedi un taxi y me fui a urgencias despues de atenderme me dicen que si no denuncio me toca pagar los costes de los servicios prestados, solo tengo el tel del conductor que despues me llamo y me dijo que no me podia dar el numero de su placa y ahora estoy de baja con dolor hasta en el pelo y que tengo q hacer?

  27. Hola, muchas gracias por este blog, mi madre tuvo un accidente en un autobus de la EMT, el conductor se separo mucho de la acera y al subir el escalon del autobus, se hizo una herida profunda con perdida de masa en la pierna, llevamos casi dos meses llendo a curas diarias y va para largo, segun el perito medico que la visita cada x tiempo, me comento algo de una compensacion ecomomica, pero nunca nos habia pasado nada y no sabemos que tenemos que hacer, un saludo y muchas gracias.

  28. Hola Miguel.

    Quería ante de todos agradecerte este blog porque se ve que lo tienes activo y contestas a todos… que puede parecer una cosa normal pero no es, he visto un montón de blogs con 1000 preguntas y 2 respuestas.

    Llegamos al punto: ayer tuve un accidente en autobús en Barcelona; simplemente el autobús tuvo un golpe bastante fuerte con un coche que estaba adelante, el vidrio del conductor se rompió y la parte detrás del coche quedó muy mal.

    Asumiendo que yo soy italiano (tengo regular NIE) y no conozco bien las leyes catalanas/españolas, quería preguntarte todas las etapas que tengo que hacer para obtener una indemnización, aunque sea mínima.

    Cuando pasó el incidente yo estaba leyendo un libro y por eso no me di cuenta de nada y sufrí un golpe e el cuello. Hoy me duele el cuello y esto me molesta porque no me parece justo que a causa de un conductor de autobús (que yo personalmente no he visto muy «tranquilo al volante»), otros tienen que sufrir las consecuencias de sus errores.

    Vino la policía y la ambulancia. La policía tomo nota de todos los pasajeros. El enfermero del ambulancia pregunto a todos si había algo pero no me parecía justo decir algo porque había personas ancianas que por supuesto necesitaban mas ayuda que yo.

    En mi caso querría resolverlo, a ser posible, mediante la vía extrajudicial, sin involucrar abogados, etc…

    Muchas Gracias,

    Pierpaolo

  29. hola tuve un accidente cuando viajaba en un colectivo el cual se quedo sin frenos y choco con otro colectivo , la empresa no se ahace cargo porque dice que estan en convocatoria de agredores que le reclame al seguro y el seguro me dice que la empresa en ese momento tenia un franquicia y que ellos no se van hacer cargo de lo sucedido,yo recibí golpes en la cabeza por lo cual me tuvieron que hacer una tomografía y tuve rectificación de cervical , voy a agradecer si me orientan
    gracias

  30. Hola miquel sandram7810@hotmail.com mira i caso es el siguiente, me fui al suelo en un auto bus de transporte publico , en el momento que entrabamos en una glorieta y no me dio tiempo a sentarme, tengo heridas pequeñas en una mano , me doble un pie y tambien me hice mucho daño en la espalda. no se si tengo derecho a reclamar y cual es el primer paso para hacerlo, te agradesco de antemano por tu ayuda . sandra manzano

  31. hola mi hijo se ha dado un golpe en el autobus a mediados de junio lo cual le ha provocado un derrame conjuntival en un ojo y un traumatismo craneal leve. A fecha de hoy ya no tiene nada y queria saber si esto tiene algun tipo de indemnizacion?.

  32. Buenas tardes, me llamo Tere y quisiera consultar una duda que tengo. Mi madre ha sufrido una caida al caerse del tren y me he puesto en contacto con la compañía aseguradora que me solicita una cuantificación de la indemnización. Les he dicho que creo que las lesiones se encuadrarían en la categoría decimocuarta del Baremo del SOV que son 1.200€ pero actualizandola desde el 89 hasta la fecha del accidente, que serian, creo, sobre 2.500€, aproximadamente. Me constestan que estan de acuerdo con la categoría decimocuarta pero que no cabe la actualización porque no existe ninguna publicación para la regularización de capitales. ¿Es esto cierto? ¿Sólo le corresponderían los 1.200 €?. Muchas Gracias y un Saludo.

  33. Hola Miguel, soy de Argentina..
    El viernes pasado en un colectivo de larga distancia se me trabo el pie entre los asientos y al ponerse en movimiento me sente en el asiento del lado de la venta y el pie todvia lo tenia trabado en el pasillo, fui al doctor y me dijo que tengo los ligamentos cruzados de la rodilla rotos, seguramente me tienen que operar.. mi pregunta es me tendrian que indemnizar y cubrir los gastos medicos.. Muchas gracias

  34. hola…. tengo una duda y encontre esta pagina… tuve un pequeño accidente hoy cuando intente bajar del colectivo y el chofer arranco cuando yo bajaba y cai al afalto y estoy con un esguince, mis piernas lastimadas y dolor de nuca y lo q mas bronca me dio que el chofer sigo su viaje y no fue capaz de preguntarme como estaba… me levante sola del afalto y llame a mi familia porque estaba muy dolorida. se puede hacer algo??

  35. Buenas noches. Es la segunda vez que el autubus de la emt me aprisiona con las dos puertas el cuello a la hora de bajarme lo cual la primerave me fui a trabajar y le dije al conductor i me contesto que no me habia visto.el dia 22 de octubre fue la segunda vez que a la hora de bajarme me volvio a pillar con las puertas. Me baje y le dije que es la segunda vez que me pilla el cuello fui a trabajar pero ya en el trabajo de daba mareos y ganas de devolver me fui a urgencias y me diagnosticaron cervicalgia posttraumatica. Estado en urgencias nuevamente estoy de baja laboral e puesto una recclamacion interna en la empresa emt y estoy a la espera de resolucion se me olvidaba contar que tengo una protesis de carbono en el cuello.por opercion de hernia discal cervical he hablado con un abogado y me ha dicho que como no he llamado al samur ni a la policia y no hay atestado seria la palabra del conductor contra la mia tengo informes medicos la baja laboral y denucia hecha en la comisaria gracias por el asesoramiento que me podais dar. Un saludo

  36. hola miguel!!!

    mi madre ha tenido un accidente de autobus hoy.

    iba a bajarse cuando el autobus a frenado en seco para no colisionar, se ha caido de espaldas dando con la cabeza y madre se a quedado incosciente y la ha trasladado la ambulancia al hospital.

    esta ingresada tiene para tres dias y tiene una fisura en el craeo y un coagulo de sangre.
    tiene mareos, collarin y el brazo en cabestrillo

    que indemnizacion la corresponde viendo la tabla que existe de las 14 categorias.

    gracias un saludo

  37. Ayer día 12 tuve un accidente en el metro ligero de PINAR DE CHAMARTIN porque el tren freno bruscamente yo iba andando por el vagon y sali rodando y me golpee con un hierro en la cara, la cabeza y en el glúteo izqierdo. Me hicieron un informe en el metro y avisaron al samur que me dio otro informe. Hoy trece no he ido a trabajar porque se me ha hinchado el ojo y me duele el glúteo y voy a ir al medico de cabecera a por una baja. Soy funcionaria y no me hace gracia que por culpa de ellos me descuenten el cincuenta por ciento del sueldo. ¿Tengo derecho a indemnización?

  38. hola doctor: hace 3 días iba en una linea de colectivo urbano de la ciudad de rosario cuando ya me estaba por bajar,por la puerta trasera, no dio tiempo a que lograra poner un pie sobre el piso que arranco repentinamente e hizo caerme sobre la vereda, caí sentada (casi un poco acostada) me golpee fuertemente la cadera y columna.En estos momentos estoy muy dolorida, me cuesta caminar e incluso tuve que dejar el trabajo. Estuve yendo al medico y me dijeron que era muy grave que hasta me hubiera podido quedar paralitica por el solo hecho de sufrir un fuerte golpe en la columna,, a mi me gustaría saber que debería hacer? muchas gracias!

  39. buenas miguel:
    si despues de tener un accidente leve, biene la ambulancia a buscarte y en el trayectio al hospital esta sufre un accidente (ella sola, no hy mas implicados) y a resultas de esto quedas paralitico, quien cubre todo, a quien hay que reclamar, muchas gracias

  40. buenas tardes Miquel, aller sufri un acidente en el metro,me resbale habian tirado algo en el piso,me cai, y entre otras lesiones,la que mas preocupa es el costado derecho,me duele y m e cuesta respirar..me atendio el Samur, y me trasladaron al Hospital…me dijeron los del metro que podia reclamar,pero no tengo ni idea de que reclamo…me gustaria que me asesoraras..estoy perdida….UN SALUDO

  41. Buenas!, os expongo mi caso.

    En Diciembre de 2009 se cayeron encima mía en las escaleras del metro (las que dan a la calle) y debido a esa caída se agravó mi lesión de rodilla que finalmente tuvieron que operarme en marzo de 2010. A día de hoy me han intervenido 2 veces y voy a solicitar en Enero la discapacidad, pues tengo bastantes daños en la articulación que me impiden, por ejemplo, bajar escaleras, agacharme, etc.

    Llevo en rehabilitación desde abril de 2010 y aún sigo.

    Mi vecina ha tenido un accidente similar, pero en las escaleras (no mecánicas) interiores y a ella le han dicho que tiene derecho a reclamar o presentar una solicitud. Ella fue trasladada al hospital en ambulancia.

    En mi caso, como no tuve rotura de hueso, pues finalmente fue el ligamento cruzado anterior, me desplacé a urgencias por mi cuenta…Craso error, pero no caí…En el informe de urgencias sí figura que me caí en las escaleras del metro.

    ¿Qué puedo hacer?, he leído que podría solicitar indemnización por vía civil, planteando el tema como responsabilidad contractual.

    Gracias!!

  42. Hola que tal hoy la abuela de mi hija viajaba en el tren y tiraron para adentro del bagon una piedra y le pego en la cabeza haciéndole un corte que debería de hacer? Gracias

  43. buenos dias:

    tengo 70 años y hace 4 meses me caí al subirme al cercanias de malaga, ya que el conductor no se percato de mi presencia. mi pregunta es, puesto que renfe tiene contratada sov con CASER y RC con AXA, si seria posible demandar conjuntamente a ambas compañias, para el tema de secuelas y la IC. O me encuentro en un caso concreto de SOV???
    muchas gracias

  44. Mi caso no se trata de un accidente. Querría saber como conseguir que tmb practique una amonestación/multa contra el conductor de un autobus que me insultó y ante mi queja no sólo se reafirmó sino que la falta de respeto fué continuada intentando incluso hacerme bajar del transporte (con el billete ya abonado). Ante su negativa a facilitarme su nombre y número para practicar la correspondiente reclamación, realicé una fotografia al conductor que se puso más nervioso si cabe al quedar registrado que conducía con una mano por tener la otra acupada comiendo. Me dicen que las reclamaciones por actitudes de este tipo del personal de tmb no llegan a nada, pero no quiero dejar pasar la falta de respeto hacia mi persona y hacia el resto de ocupantes del autobus perjudicados por el vocerío y la conducción temeraria de este trabajador de tmb.
    Gracias.

    1. Hola , en mayo 2013 iva en el autobus trayecto bcn -mollet del valles y cuando estava en la rotonda no vio un coche que estava dentro de la rotonda y freno fuertemente y me cai.
      Fui al hospital y tenia una cintractura cervical y una tendinitis anseriana en la rodilla izquierda y me la vendaron.
      Llame a sagales y me dijeron que mandara el billete de autobusy el parte medico y aún no me han contestado.
      ¿Que hago? Gracias

      1. Hola Andrea:
        Te recomiendo que insistas en la Compañía de Autobuses pero lo más efectivo es que lo hagas a través de un abogado.
        Saludos
        Miquel Torres
        mtbserveisjuridics.com
        934571600

  45. hola buenas noches,mi esposa esta embarazada de 37 semanas y esta tarde tuvo un acidente en el autobus publico y tiene unas contuciones en la espalada y el movil se le rompio gracias ah dios no paso nada al bebe,,,la policia la llamo y le dijo q esperara que la empresa se pusiera en contacto con ella que debemos hacer una ves pase esto

  46. Hola
    Hace un mes el conductor de la sagales freno bruscamente en una rotonda provocandome una lesion cervical i una tendinitis anseriana en la rodilla.
    Presente el parte medico en la central junto una fotocopia de mi dni i del billete del autobus.
    Cuanto tiempo he de esperar a que me digan algo?

  47. Buenas tardes, tengo una duda de como proceder en el caso de accidente de autobus. Mi madre hace 15 dias tuvo un accidente iba ya de pie porque se iba a bajar y debido a un accidente del autobus en barcelona con una furgoneta se cayo al suelo dandose un fuerte golpe en la cabeza se quedo en el suelo y el resto de pasajeros no quisieron moverla hasta llegar la ambulancia puesto que se quedo desorientada sin recordar telefono ni donde vivia. Y muy asustada porque le dolia mucho la cabeza del golpe. La llevaron al hospital y estuvo en obserbacion todo el dia. Segun las pruebas medicas tenia un pequeño cuagulo en la cabeza y lleva desde entonces tomando medicacion para el dolor porque le sigue doliendo todo el cuerpo. Volvio a los dias de urgencias porque le dolia debajo del pecho y era un esguince. Tenemos el atestado de la guasdia civil que se presentaron en el hospital para poder hacer denuncia, mi madre no supo que paso pero como se presentaron supimos que no habia sido un frenazo normal. Dias mas tardes fuimos a la guardia urbana y nos dieron otro papel con el nombre de los dos conductores implicados, y la aseguradora de la furgoneta. La duda es ahora como proceder, nos comentaron que se solia poner en contacto la aseguradora pero nadie nos ha llamado. En este caso es conveniente buscar un abogago? Acudir a tmb? Ahora sigue con dolores pero para como estaba ese dia nos pensamos algo peor en la cabeza. Tiene algun moraton que tambien se va curando. Muchas gracias

  48. hola soy rosa hace 4 dias me kede pillada en la puerta trasera del autobus con mi hijo en su carro ya ke el conductor no me dejo acceder por la puerta delalantera y me lesione y una vez ke fui a pagar el billete el conductor inicio la marcha sin tener yo ami hijo sujeto.que es lo que puede pasar yo lo he denunciado y he puesto dicha reclamacion en consumo

  49. el dia 7/3/13 haciendo el trallecto madrid alicante una de las puertas del bagon «automaticas» me golpea produciendome una brecha en el ojo emtoma y una cervialjia el revisor tiene constancia de ello y tengo los partes medicos que ago.gracias

    1. Hola Carlos:
      Pues tendrías que reclamar ya que si el revisor tiene constancia habrá dado parte.tienes que tener todo documentado (viaje, trayecto, informes médicos, tetsigos, etc.).

      Saludos

      Miquel

  50. Hola buenos días, subiendo al metro me cai 20/08/2013 no creí a fuera muy importante porq podía caminar pero me dolía el pie a los 30 minutos ya no podía andar ,total me fui por mis medios a urgencias y tengo un esguince de tipo 2 con rotura parcial del ligamento actualmente sigo con la férula de inmovilización me han dicho que podía reclamar un indemnización al seguro de viajero, habían varias personas en el metro pero no tengo nadie a pueda testificar el abono transporte mensual es lo q tengo ademas la cámara del metro debió de grabarlo , podria tener derecho a reclamarla indemnización no he hecho ninguna denuncia pero al medico
    si le he dicho que me cai subiendo al metro espero su respuesta

    1. Hola Myriam:
      Sí que puedes reclamar. Lo ideal hubiera sido que en ese mismo momento lo hubieses peusto en conocimiento de algún revisor, responsable d ela estación, etc. pero si fuiste a Urgencias y el médico lo hizo constar en su informe igual tienes posibilidades. Las cámaras del metro pueden haberlo grabado, pero las imágenes se destruyen y regraban al cabo de un tiempo.
      Saludos
      Miquel Torres

  51. Hola, tuve un accidente el 04 de agosto en el metro de barcelona, fue al salir el último bagon me arrastro y me amputaron la pierna izquierda, estoy perdido, no se que hacer, necesito me orienten.

  52. ¡Hola!

    Tu post me ha parecido muy interesante y me ha sacado de muchas dudas. Pero aún tengo algunas.
    Tuve un accidente y me lesioné un órgano del sistema digestivo de gravedad y tuve que pasar un tiempo en la UCI aparte de un periodo de 2 meses en reposo absoluto.
    La denuncia está hecha, pero me preguntaba a ver cómo pueden demostrar el estado en el que yo iba, es decir: yo sé que no iba borracha a pesar de que volviera de una fiesta. Sí que estaba cansada, pero mi lesión fue provocada por las velocidades y el frenazo de un autobús, en el que yo iba. ¿Esto puede provocar que no me indemnicen pese a la gravedad del accidente? y, ¿en qué categoría entraría mi lesión?

    Muchas gracias por el post, la verdad es que es de agradecer que ayudes desinteresadamente a informar a la población.

    ¡Un saludo!

    Alejandra.

    1. Hola ALejandra:
      Por lo que dices en tu comentario deduzco que la compañía del transporte público no quiere indemnizarte alegando que ibas bebida. Entiendo que ésto, aún en el caso de ser cierto, no tiene porqué haber influido en el accidente, salvo que fueras la conductora.
      En cuanto a la categoría de la lesión, tendría que ver informes médicos para poder pronunciarme.

      Saludos
      Miquel Torres
      Abogado

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